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AFIP: Error al solicitar devolución de percepciones por compra de dólar en 2015

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) difundió el procedimiento a seguir para reclamar retenciones sufridas por operaciones en moneda extranjera, lo cual se hace mediante www.afip.gob.ar. Desde entonces hemos recibido muchas consultas respecto a un error que reciben al solicitar la devolución de percepciones por compra de dólar en 2015. El mismo se debe a que esta solicitud podrá ser efectuada desde abril. Los interesados en solicitar la devolución de percepciones aplicadas por dólar ahorro y/o turista y compras en el exterior con tarjeta de crédito y de débito puede ser realizada por todos aquellos que no son alcanzados por el Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales. Dicha solicitud se realiza mediante la presentación del Formulario 746/A, el cual […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) difundió el procedimiento a seguir para reclamar retenciones sufridas por operaciones en moneda extranjera, lo cual se hace mediante www.afip.gob.ar. Desde entonces hemos recibido muchas consultas respecto a un error que reciben al solicitar la devolución de percepciones por compra de dólar en 2015. El mismo se debe a que esta solicitud podrá ser efectuada desde abril.

Los interesados en solicitar la devolución de percepciones aplicadas por dólar ahorro y/o turista y compras en el exterior con tarjeta de crédito y de débito puede ser realizada por todos aquellos que no son alcanzados por el Impuesto a las Ganancias y a los Bienes Personales. Dicha solicitud se realiza mediante la presentación del Formulario 746/A, el cual debe ser completado siguiendo la guía que se encuentra AQUÍ.

Los requisitos para solicitar la devolución de las percepciones en AFIP son los siguientes:

  • No pagar Ganancias ni Bienes Personales.
  • Tener número de CUIT.
  • Contar con Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3, lo cual requiere que la persona realice la carga de datos biométricos en la oficina del organismo correspondiente a su jurisdicción.

Muchos de nuestros lectores nos han hecho saber que al momento de realizar la carga de datos y presentación del F.476/A reciben el siguiente error:

0 – Error de seti. – * La solicitud de devolución de las percepciones establecidas de acuerdo a la R.G. 3420/12 y sus modificatorias, que fueron sufridas en el año en curso, deberá ser interpuesta luego de operado el vencimiento para la presentación de las Declaraciones Juradas respectivas, por tratarse de impuestos anuales.

La causa de este error al presentar al solicitud es que no es posible reclamar la devolución de percepciones de 2015. Los datos pueden ser cargados pero se estarán a la espera de que se produzca el vencimiento general de Ganancias, lo cual ocurre en el mes de abril.

Por lo cual, por el momento, el sistema sólo se pueden presentar solicitudes de hasta 2014.

Por otro lado, recordamos que los trabajadores en relación de dependencia y jubilados que paguen Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales tienen tiempo hasta el 31 de diciembre de 2016 para efectuar la carga de deducciones. Para ello se debe presentar el Formulario 572 Web mediante el SiRADIG como se detalla ACÁ.

400 comentarios en “AFIP: Error al solicitar devolución de percepciones por compra de dólar en 2015”

  1. Buen día Jorge,
    porque hay que tramitar el CUIT para las devoluciones? en donde está establecido?

  2. Hola, tengo CUIT y clave fiscal con nivel de seguridad 3. Sin embargo, no tengo aceptados los datos biometricos. El problema es que vivo en el exterior y no voy a ir a Argentina hasta julio para poder registrarlos. Hay alguna fecha limite para poder hacer el pedido de devolución de la retenciones hehcas hasta 2014? Gracias

  3. Hola Jorge, buenas tardes.
    te molesto porque al querer realizar la carga en el formulario 746A me arroja este error: Para solicitar la devolución del gravamen percibido, debe cumplir con el Art. 2° de la RG 3420 (AFIP) y sus modificatorias. Concurra a la dependencia de esta Administración Federal que corresponda a su domicilio
    Tengo los datos biometricos, CUIT y nivel de clave fiscal 3, osea cumplo con lo requerido, no se porque me arroja ese error, vos me podrias explicar por favor?.
    Muchas gracias Jorge.
    Saludos,
    Andrea.

      1. Jorge:
        cuando entro a los datos biometricos me informa que tengo el CUIT , mi nivel de clave 3, etc etc.Puede ser que no tengo habilitado el CUIT? porque cuando me registro en la pantalla de incino me dice mi nombre y apellido y tambien me dice CUIL y lo compare con el de mi novio y a el le figura CUIT. Asi que me imagino que es ese el error, mas alla que cuando entro a ver los datos biometricos me figura que tengo CUIT. Este tramite lo hice en mayo del año pasado quizas por eso no lo debo tener habilitado? De todas maneras voy a ir a realizar el tramite de nuevo.

  4. Hola, te hago una consulta por las devoluciones de percepciones. El sistema me deja ver sólo desde Septiembre de 2012 en adelante. Yo creía que era para todo 2012, será un problema del sistema o será algo con mi cuit (soy monotributista, y no tuve retenciones de ningún tipo). Me tira el siguiente error: «El período fiscal es inferior al valor mínimo permitido de 09/2012». Gracias por tu tiempo. Saludos!

    1. Laura, el régimen de percepciones de la Resolución General 3378 se publicó el día 31 de agosto de 2012 en el Boletín Oficial. Por lo cual, no hay percepciones de dicho concepto anteriores a septiembre de 2012.

  5. Jorge. Hoy me presente el formulario y no me aparece que tengo cuit. Cuanto tiempo demora crearse el mismo.?

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