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AFIP: Error del Art. 2° de la RG 3420 al solicitar devolución de percepciones

Estos últimos días, hemos recibido muchos comentarios de usuarios que obtienen un error referido al Art. 2° de la RG 3420 de AFIP al momento de solicitar la devolución de las percepciones que les han aplicado por la compra de dólar ahorro/turista o por haber efectuado compras con tarjetas de crédito en el exterior. Es por esta razón que hemos decidido publicar este artículo para despejar dichas dudas. A partir del levantamiento del cepo cambiario, AFIP informó que realiza la devolución de las percepciones que se han aplicado por la compra de dólares para ahorra, las cuales eran del 20% y para efectuar viajes al exterior, las cuales eran del 35%. Aparte, el organismo recaudador también hará un reintegro de […]

Estos últimos días, hemos recibido muchos comentarios de usuarios que obtienen un error referido al Art. 2° de la RG 3420 de AFIP al momento de solicitar la devolución de las percepciones que les han aplicado por la compra de dólar ahorro/turista o por haber efectuado compras con tarjetas de crédito en el exterior. Es por esta razón que hemos decidido publicar este artículo para despejar dichas dudas.

A partir del levantamiento del cepo cambiario, AFIP informó que realiza la devolución de las percepciones que se han aplicado por la compra de dólares para ahorra, las cuales eran del 20% y para efectuar viajes al exterior, las cuales eran del 35%. Aparte, el organismo recaudador también hará un reintegro de las retenciones aplicadas por compras en el exterior.

La devolución por las operaciones cambiarias se efectuará a las personas que no sean alcanzados por el Impuesto a las Ganancias ni a los Bienes Personales, lo cual incluye a los monotributistas.

Para pedir la devolución de las percepciones es necesario presentar el Formulario 746/A por Internet como se detalla AQUÍ.

Al momento de efectuar este trámite, muchos usuarios han recibido el siguiente mensaje de error:

Error de validación
Para solicitar la devolución del gravamen percibido, debe cumplir con el Art. 2° de la RG 3420 (AFIP) y sus modificatorias. Concurra a la dependencia de esta Administración Federal que corresponda a su domicilio.

Esto se debe a que el solicitante no cumple con uno de los siguientes requisitos exigidos por la Resolución General 3420/2012:

  • Contar con CUIT. No importa que se tenga CUIL, el solicitante debe tramitar su Clave Única de Identificación Tributaria en la oficina del organismo correspondiente a su domicilio fiscal y presentar el Formulario 460/F que se encuentra ACÁ.
  • Tener registrados y aceptados los datos biométricos.
  • Tener Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3.
  • Informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta bancaria en la que se desea recibir el depósito de las percepciones.

Recordemos que actualmente es posible solicitar la devolución de las percepciones aplicadas hasta 2014. Las de 2015 se podrán cargar con el vencimiento general de la presentación de la Declaración Jurada de Ganancias, lo cual es en el mes de abril.

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250 comentarios en “AFIP: Error del Art. 2° de la RG 3420 al solicitar devolución de percepciones”

  1. Hola.
    Tengo una pregunta sobre el llenado del formulario F460.
    Yo soy un simple empleado en relación de dependencia.
    Cómo debo completar (o no?) los campos de «domicilio fiscal», «datos económicos», «datos comerciales», «datos tributarios, «datos de la seguridad social», etc?
    Realmente no tengo la menor idea si debo completar esos campos o no, y en caso de completarlos, cuál sería mi «domicilio fiscal»?

    Disculpen si es una pregunta muy básica, pero les agradecería si me pueden ayudar al respecto.

    Desde ya, muchas gracias!!
    Saludos.

      1. Muchas gracias por su respuesta Graciela.

        Una última consulta, derivada de mi consulta anterior:
        Al no completar el campo de «domicilio fiscal», en qué dependencia de AFIP debería hacer el trámite (de presentar el formulario F460)?

        Muchas gracias nuevamente!

  2. hola! cuando sacas turno para generar el cuit ademas de solicitar el f 460, debes presentar constancia de policial del domicilio, 2 servicios a tu nombre, copia de escritura..etc,!! esto es asi?? es una nueva disposición?? Gracias.

  3. Hola. Escuche en varios medios que ya no hacian falta los datos biometricos para la Devolución. pero ahora intente cargar el Formulario y me da ese Error Error de validación
    Para solicitar la devolución del gravamen percibido, debe cumplir con el Art. 2° de la RG 3420 (AFIP) y sus modificatorias. Concurra a la dependencia de esta Administración Federal que corresponda a su domicilio.
    Me parece que la modifiacron para agilizar el tramite, pero sigue dando ese error. Tengo todo los demás datos necesarios, menos los biometricos.

      1. Hola Jorge a mi tambien me da el mismo error que claudia, pero yo ya ytengo cuit y datos biometricos, tambien el cbu etc. porque sera que me tira error?? gracias

      2. José, ese error solamente tendría que salir si la persona no tiene CUIT, no cuenta con CBU cargado o no tiene Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 2. Ya no se necesita tener Clave Fiscal 3 ni datos biométricos cargados.

  4. Al revisar mis retenciones veo que tengo desde el año 2011, realizadas según la discripcion de comprobante , por recibo de sueldo, esas en algún momento hay que descontarlas en alguna DDJJ, o quedan asi para siempre.

  5. hola entonces recien devuelven lo de 2014? pq yo retire en noviembre de 2015! o sea hasta q no cierre la presentacion de 31 de enero formulario 572 web no puedo hacer nada? o debo acercarme igual! ya que ingrese y me tira Error de validaciónPara solicitar la devolución del gravamen percibido, debe cumplir con el Art. 2° de la RG 3420 (AFIP) y sus modificatorias. Concurra a la dependencia de esta Administración Federal que corresponda a su domicilio”

    1. necesito saber porque error de validacion ,yo me fije y me dice del formulario 460 y no se como llenarlo no entiendo.

Los comentarios están cerrados.

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