La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha efectuado la publicación de un cronograma de pagos de la devolución de las percepciones aplicadas por compra de dólar ahorro y turista; y compras con tarjetas de crédito. Dicho reintegro se efectúa a las personas que no son alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias ni a los Bienes Personales y que presentan el F. 746/A mediante www.afip.gob.ar.
A partir del 16 de febrero de 2016, AFIP dará comienzo al pago del 20% para devolución de las percepciones por la compra de moneda extranjera con fines de ahorro o turismo; y por las compras realizadas con tarjeta de crédito y/o débito en comercios extranjeros, ya sea en dólares o en pesos. Las retenciones aplicadas desde 2012 hasta el levantamiento del cepo cambiario fueron del 20% para las compras con fines de atesoramiento y del 35% con fines turísticos.
A partir de dicha fecha, la devolución se hará a las personas que no tributan Ganancias ni Bienes Personales y que registran saldo a favor en los períodos 2012, 2013 y 2014. Este reintegro se hará en cuotas de hasta 6000 pesos, por lo cual los que reclaman un saldo menor a dicho monto recibirán recibirán el total en el primer pago.
El cronograma de pagos de AFIP para la devolución de las percepciones es el siguiente:
- 16 de febrero: Percepciones de hasta $6.000 y primera cuota para mayores a dicho monto.
- 11 de marzo: Segunda cuota para mayores de $6.000.
- 13 de abril: Tercera cuota para mayores de $12.000.
- 12 de mayo: Cuarta cuota para mayores de $18.000.
- 14 de junio: Quinta cuota para mayores de $24.000.
- 14 de julio: Sexta cuota para mayores de $33.000.
Los requisitos para solicitar una devolución de las percepciones en AFIP son tener CUIT, Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3, tener registrados y aceptados los datos biométricos e informar el CBU de la cuenta bancaria en la que se quiera cobrar el reintegro. Cumpliendo con todos estos puntos, el solicitante debe presentar el Formulario 746/A por Internet siguiendo los pasos detallados AQUÍ.
Por el momento sólo es posible reclamar percepciones aplicadas hasta 2014. Las del período 2015 puede ser cargadas en el sistema pero su presentación debe ser realizada en abril/mayo de 2016 con el vencimiento general de la Declaración Jurada de Ganancias.
El organismo recaudador aclaró que se realizará una devolución automática a los contribuyentes no inscriptos en Ganancias, a los inscriptos en Bienes Personales que no registren deudas y a los Monotributistas no inscriptos en Bienes Personas que no tengan deuda. En el caso de tener deudas en Bienes Personales o el Monotributo, el solicitante tendrá que regularizar su situación previamente.
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Hola, si alguien sabe como resolver este inconveniente por favor que comente
Una vez solucionado el inconveniente detectado, ud. se encontrará en condiciones de cobrar la devolución de las percepciones en la próxima cuota disponible
Me pasa lo mismo que a todos. Por favor, ni bien alguien sepa algo que lo comparta!!!!, gracias
estoy en la misma, si alguien sabe algo!
Mi hermano tiene el mismo mensaje y tampoco le devolvieron nada.- Les comento algo raro de todo esto, a mí ya me devolvieron y también ahora me sale ese mensaje, cosa que antes no estaba, quizas hubo un error general y por eso todavía no han procedido a la devolución.-
Buenas, yo me comunique con afip ayer porque me aparecía la misma leyenda, me indicaron que es porque el proceso de reintegro demora entre 48 a 96 hs según el banco. Y pasado ese tiempo la leyenda se actualizará
Estimado Ciudadano, a fin de poder cumplir con el compromiso de devolución de percepciones -períodos 2012 a 2014-, tenga en cuenta que:
Estimado Ciudadano, el importe correspondiente a su solicitud de devolución ha sido depositado en la CBU por usted informada.
Una vez solucionado el inconveniente detectado, ud. se encontrará en condiciones de cobrar la devolución de las percepciones en la próxima cuota disponible.
ALGUIEN PUDO AVERIGUAR QUE ONDA CON ESTO…QUE INCONVENIENTE HAY…YA DECLARE LA CBU A PRINCIPIO DE AÑO??
me aparece el mismo mensaje del error y que debe ser solucionado…
también me decía aprobado con fecha del 4 de junio. Hice el reclamo por web en el programa de atencion al ciudadano, veremos…
Leyendo en otro foro a uno le pusieron:
– Debe cancelar deuda con AFIP y/o presentar Declaraciones Juradas pendientes
Para conocer la deuda a cancelar y las Declaraciones Juradas pendientes de presentar puede ingresar con su clave fiscal al servicio «Sistema de Cuentas Tributarias» > Menú «CUENTA CORRIENTE» > Opción «Detalle de Deuda Consolidada» > Trámite «INCUMPLIMIENTOS COMPLETOS»
Yo me fijé por las dudas, pero no tengo deudas, me dice «sin datos»
Igual por acá, debe ser un error del sistema.
Saludos.
Me dice esto, alguien sabe cuando pagan?
ESTADO [EN TRAMITE] FECHA ESTADO [28-05-2016]
Estimado Ciudadano, a fin de poder cumplir con el compromiso de devolución de percepciones -períodos 2012 a 2014-, tenga en cuenta que:
Resultado de la consulta a los controles de Fiscalizacion [N-D1]
Conforme surge de las bases de datos de este Organismo, Ud. presentó F. 572 web computando percepciones correspondientes al mismo régimen al que se refiere la presente solicitud de devolución. Por lo expuesto, su solicitud se encuentra en proceso de verificación. Oportunamente se le comunicará el resultado de la misma.
Una vez solucionados los inconvenientes detectados, ud. se encontrará en condiciones de cobrar la devolución de las percepciones en la próxima cuota disponible