La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha efectuado la publicación de un cronograma de pagos de la devolución de las percepciones aplicadas por compra de dólar ahorro y turista; y compras con tarjetas de crédito. Dicho reintegro se efectúa a las personas que no son alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias ni a los Bienes Personales y que presentan el F. 746/A mediante www.afip.gob.ar.
A partir del 16 de febrero de 2016, AFIP dará comienzo al pago del 20% para devolución de las percepciones por la compra de moneda extranjera con fines de ahorro o turismo; y por las compras realizadas con tarjeta de crédito y/o débito en comercios extranjeros, ya sea en dólares o en pesos. Las retenciones aplicadas desde 2012 hasta el levantamiento del cepo cambiario fueron del 20% para las compras con fines de atesoramiento y del 35% con fines turísticos.
A partir de dicha fecha, la devolución se hará a las personas que no tributan Ganancias ni Bienes Personales y que registran saldo a favor en los períodos 2012, 2013 y 2014. Este reintegro se hará en cuotas de hasta 6000 pesos, por lo cual los que reclaman un saldo menor a dicho monto recibirán recibirán el total en el primer pago.
El cronograma de pagos de AFIP para la devolución de las percepciones es el siguiente:
- 16 de febrero: Percepciones de hasta $6.000 y primera cuota para mayores a dicho monto.
- 11 de marzo: Segunda cuota para mayores de $6.000.
- 13 de abril: Tercera cuota para mayores de $12.000.
- 12 de mayo: Cuarta cuota para mayores de $18.000.
- 14 de junio: Quinta cuota para mayores de $24.000.
- 14 de julio: Sexta cuota para mayores de $33.000.
Los requisitos para solicitar una devolución de las percepciones en AFIP son tener CUIT, Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3, tener registrados y aceptados los datos biométricos e informar el CBU de la cuenta bancaria en la que se quiera cobrar el reintegro. Cumpliendo con todos estos puntos, el solicitante debe presentar el Formulario 746/A por Internet siguiendo los pasos detallados AQUÍ.
Por el momento sólo es posible reclamar percepciones aplicadas hasta 2014. Las del período 2015 puede ser cargadas en el sistema pero su presentación debe ser realizada en abril/mayo de 2016 con el vencimiento general de la Declaración Jurada de Ganancias.
El organismo recaudador aclaró que se realizará una devolución automática a los contribuyentes no inscriptos en Ganancias, a los inscriptos en Bienes Personales que no registren deudas y a los Monotributistas no inscriptos en Bienes Personas que no tengan deuda. En el caso de tener deudas en Bienes Personales o el Monotributo, el solicitante tendrá que regularizar su situación previamente.
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En su momento no estaba alcanzado por ganancias pero ahora si. Mi consulta es me van a devolver la plata igual??
Me sale lo siguiente:
ESTADO [EN TRAMITE] FECHA ESTADO [19-08-2016]
[17807680 – 3D] Conforme surge de las bases de datos de este Organismo, Ud. debió haber sido sujeto pasible de retención del impuesto a las ganancias por su trabajo en relación en dependencia / jubilación. Por lo expuesto, su solicitud se encuentra en proceso de verificación. Oportunamente se le comunicará el resultado de la misma.
Maxi, están verificando tu caso pero lo más seguro es que tengas que tomar la percepción como un pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias.
Hola Jorge! decis que es asi? yo adeudo ganancias de 2 meses y no me aparece ese cartel (y espero que no me aparezca). El tema es, que al ser un impuesto anual, te pueden retener? si a diciembre no pagué, ahi deberian hacerme esa retención. o no?
Aguardo tu respuesta!
Gracias!
Gonzalo, no. La retención se hace para que la descuentes al momento del pago.
ok gracias…
cómo juegan con la gente estos tipos! necesitamos esa plata y encima te la devuelven sin intereses. Si uno se atrasa al pagar el monotributo enseguida te mandan los punitorios!!! quiero cobraaaaar yaaaaaaa!!!
Ayer me acerque a la afip y dijeron lo mismo que en Agosto pagaria .
Lo que si mencionaron que estaban demorados con un tema de la nueva ley de monotributo y que en estos dias se debiria solucionar
Escuche por ahi que a partir del 25 de agosto empezaban a depositar…
yo hice la consulta en la pagina de la afip y de ahi me contestaron que en agosto, pero estamos a 25 y nada….
tambien hice la consulta telefonicamente y me dijeron lo mismo
Yo tambien consulte y me dijeron lo mismo y q teniamos q esperar hasta el 31 que el mes todavia no termino una verguenza
A mi me respondieron esto:
Le informamos que aun no se encuentra publicada la fecha en que comenzarán a acreditarse los importes correspondientes a solicitudes aprobadas.
Le recordamos que el cronograma de devolución de las percepciones comenzará a partir de agosto del presente año.
Cabe aclarar que se deberá aguardar los plazos de transferencia y acreditación bancaria, con el fin de visualizar en la cuenta cuya C.B.U. ha sido declarada oportunamente la devolución correspondiente.
AMA
Por supuesto que les contesté que el resumen es: no tienen idea, me derivan aun link que dice agosto ajaja, Ademas es claro que el cronograma no esta publicado sino no haria la consulta!!!
llame a una sede de Afip en el interior a alguien que conozco — me conto lo siguiente… NO TIENEN IDEA!!! me dijo q si no pagan ahora seria recien para el 16/9 porque SI deberian de pagar agosto * con demora PERO ni a ellos les informan bien y que si pasa a septiembre la fecha seria alrededor del 16-
NOS ESTAN FALTANDO EL RESPETO