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AFIP: Cronograma de pagos de la devolución de percepciones por compras de dólares

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha efectuado la publicación de un cronograma de pagos de la devolución de las percepciones aplicadas por compra de dólar ahorro y turista; y compras con tarjetas de crédito. Dicho reintegro se efectúa a las personas que no son alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias ni a los Bienes Personales y que presentan el F. 746/A mediante www.afip.gob.ar. A partir del 16 de febrero de 2016, AFIP dará comienzo al pago del 20% para devolución de las percepciones por la compra de moneda extranjera con fines de ahorro o turismo; y por las compras realizadas con tarjeta de crédito y/o débito en comercios extranjeros, ya sea en dólares o en pesos. Las […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha efectuado la publicación de un cronograma de pagos de la devolución de las percepciones aplicadas por compra de dólar ahorro y turista; y compras con tarjetas de crédito. Dicho reintegro se efectúa a las personas que no son alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias ni a los Bienes Personales y que presentan el F. 746/A mediante www.afip.gob.ar.

A partir del 16 de febrero de 2016, AFIP dará comienzo al pago del 20% para devolución de las percepciones por la compra de moneda extranjera con fines de ahorro o turismo; y por las compras realizadas con tarjeta de crédito y/o débito en comercios extranjeros, ya sea en dólares o en pesos. Las retenciones aplicadas desde 2012 hasta el levantamiento del cepo cambiario fueron del 20% para las compras con fines de atesoramiento y del 35% con fines turísticos.

A partir de dicha fecha, la devolución se hará a las personas que no tributan Ganancias ni Bienes Personales y que registran saldo a favor en los períodos 2012, 2013 y 2014. Este reintegro se hará en cuotas de hasta 6000 pesos, por lo cual los que reclaman un saldo menor a dicho monto recibirán recibirán el total en el primer pago.

El cronograma de pagos de AFIP para la devolución de las percepciones es el siguiente:

  • 16 de febrero: Percepciones de hasta $6.000 y primera cuota para mayores a dicho monto.
  • 11 de marzo: Segunda cuota para mayores de $6.000.
  • 13 de abril: Tercera cuota para mayores de $12.000.
  • 12 de mayo: Cuarta cuota para mayores de $18.000.
  • 14 de junio: Quinta cuota para mayores de $24.000.
  • 14 de julio: Sexta cuota para mayores de $33.000.

Los requisitos para solicitar una devolución de las percepciones en AFIP son tener CUIT, Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3, tener registrados y aceptados los datos biométricos e informar el CBU de la cuenta bancaria en la que se quiera cobrar el reintegro. Cumpliendo con todos estos puntos, el solicitante debe presentar el Formulario 746/A por Internet siguiendo los pasos detallados AQUÍ.

Por el momento sólo es posible reclamar percepciones aplicadas hasta 2014. Las del período 2015 puede ser cargadas en el sistema pero su presentación debe ser realizada en abril/mayo de 2016 con el vencimiento general de la Declaración Jurada de Ganancias.

El organismo recaudador aclaró que se realizará una devolución automática a los contribuyentes no inscriptos en Ganancias, a los inscriptos en Bienes Personales que no registren deudas y a los Monotributistas no inscriptos en Bienes Personas que no tengan deuda. En el caso de tener deudas en Bienes Personales o el Monotributo, el solicitante tendrá que regularizar su situación previamente.

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1.190 comentarios en “AFIP: Cronograma de pagos de la devolución de percepciones por compras de dólares”

  1. hola hice la presentación hace 3 meses , desde hace 1 mes me sale que a solictud esta en proceso e verificación que tengo qhacer? gracias

    1. Esteban, tenés que esperar a que finalice el proceso de verificación y te informen si tu solicitud fue aprobada, rechazada o si tenés que presentar documentación adicional.

  2. Hola,
    El estado ESTADO [APROBADO – DEVOLUCIÓN EN CUOTAS (????)] ] es el ultimo estado? o figura algún otro estado cuando hacen la devolución ??

  3. Jorge : Que significa «Estimado Ciudadano, el importe correspondiente a su solicitud de devolución será depositado en la CBU por usted informada en la próxima cuota.». Que me lo devolveran a partir de la 2da cuota?

      1. hola!!! si tuve o tengo retenciones por impuesto a las ganacias no me devuelven las retenciones??? por que yo estoy en proceso de espera para que me aprueben las devoluciones, gracias!!!!

      2. Luis, si pagás Ganancias o Bienes Personales no te van a hacer la devolución dado que tenés que tomar la percepción como un pago a cuenta de dichos tributos.

      3. gracias jorge! igual no estoy pagando impuestos pague en algun momento y al mes siguiente me los devolvian por eso es mas que nada mi duda… saludos

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