La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha efectuado la publicación de un cronograma de pagos de la devolución de las percepciones aplicadas por compra de dólar ahorro y turista; y compras con tarjetas de crédito. Dicho reintegro se efectúa a las personas que no son alcanzadas por el Impuesto a las Ganancias ni a los Bienes Personales y que presentan el F. 746/A mediante www.afip.gob.ar.
A partir del 16 de febrero de 2016, AFIP dará comienzo al pago del 20% para devolución de las percepciones por la compra de moneda extranjera con fines de ahorro o turismo; y por las compras realizadas con tarjeta de crédito y/o débito en comercios extranjeros, ya sea en dólares o en pesos. Las retenciones aplicadas desde 2012 hasta el levantamiento del cepo cambiario fueron del 20% para las compras con fines de atesoramiento y del 35% con fines turísticos.
A partir de dicha fecha, la devolución se hará a las personas que no tributan Ganancias ni Bienes Personales y que registran saldo a favor en los períodos 2012, 2013 y 2014. Este reintegro se hará en cuotas de hasta 6000 pesos, por lo cual los que reclaman un saldo menor a dicho monto recibirán recibirán el total en el primer pago.
El cronograma de pagos de AFIP para la devolución de las percepciones es el siguiente:
- 16 de febrero: Percepciones de hasta $6.000 y primera cuota para mayores a dicho monto.
- 11 de marzo: Segunda cuota para mayores de $6.000.
- 13 de abril: Tercera cuota para mayores de $12.000.
- 12 de mayo: Cuarta cuota para mayores de $18.000.
- 14 de junio: Quinta cuota para mayores de $24.000.
- 14 de julio: Sexta cuota para mayores de $33.000.
Los requisitos para solicitar una devolución de las percepciones en AFIP son tener CUIT, Clave Fiscal con Nivel de Seguridad 3, tener registrados y aceptados los datos biométricos e informar el CBU de la cuenta bancaria en la que se quiera cobrar el reintegro. Cumpliendo con todos estos puntos, el solicitante debe presentar el Formulario 746/A por Internet siguiendo los pasos detallados AQUÍ.
Por el momento sólo es posible reclamar percepciones aplicadas hasta 2014. Las del período 2015 puede ser cargadas en el sistema pero su presentación debe ser realizada en abril/mayo de 2016 con el vencimiento general de la Declaración Jurada de Ganancias.
El organismo recaudador aclaró que se realizará una devolución automática a los contribuyentes no inscriptos en Ganancias, a los inscriptos en Bienes Personales que no registren deudas y a los Monotributistas no inscriptos en Bienes Personas que no tengan deuda. En el caso de tener deudas en Bienes Personales o el Monotributo, el solicitante tendrá que regularizar su situación previamente.
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HOLA ESTAMOS EN OCTUBRE Y AUN NO COBRE LA PRIMER CUOTA, GENTE NO SEAN EGOÍSTAS ESPEREN A QUE COBREMOS NOSOTROS , YO TENGO TODO APROBADO DE AGOSTO .NI SIQUIERA TENGO NÚMERO DE SAP
RUBEN http://www.econoblog.com.ar/47001/afip-aumento-de-cuotas-para-devolucion-de-percepciones-por-consumos-en-dolares-2015/#more-47001
Hola una consulta del 2015 solo me pagaron una cuota en setiembre. Alguien sabe cuando se va a depositar la proxima?
A mi me tienen que devolver unos 26000 en 2015.
La primer cuota fue 6000, la segunda 4500 aprox…
Quiere decir que no me van a pagar el resto??? (figura todo aprobado)
Beto, si tenés todo aprobado te van a pagar pero tenés que tener paciencia dado que seguramente la segunda cuota la empiecen a pagar cuando terminen de pagar la primera.
Alguna novedad al respecto?
Estamos a mitad de octubre. Ya deberían estar pagando la 3er cuota. Solo cobre la primera a mediados de septiembre cuando debería haberla cobrado en agosto
Tuviste mucha suerte, ya que somos VARIAS personas las que aun estan esperando el pago de la primera cuota. Con las devoluciones anteriores (2012,13 y 14), me patearon el trámite hasta más no poder y lo mismo estan haciendo ahora. Me modifican la fecha de aprobado una y otra vez, y me bicicletean. LES PEDIMOS A LOS QUE YA COBRARON LA PRIMER CUOTA Y/O LA SEGUNDA, que entiendan que hay gente que todavia ni cobró la primera, HAY QUE TENER PACIENCIA!
hola me pueden explicar por favor como me fijo si esta aprobado el tramite de reintegro y el monto mil gracias
Carina, en este enlace se explican los pasos a seguir para hacer la consulta: http://www.econoblog.com.ar/37062/afip-consultar-estado-de-solicitud-de-devolucion-de-percepciones-por-compra-de-dolar/