El cuerpo normativo contiene las siguientes modificaciones tributarias:
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Impuesto Inmobiliario Urbano
Elimina o bien mantiene inalterable el valor de la alícuota para el:
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87% de las propiedades
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13% restante, alrededor de 800 mil partidas, recibe un 20% de aumento, similar al aplicado este año.
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Impuesto Inmobiliario Rural
Incremento en aproximadamente un 30% este tributo
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Impuesto a los Automotores
Según la ley sancionada:
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70% del parque automotor de la provincia, vehículos valuados en hasta $40.000, tributarán un 5% menos que lo abonado en el 2009
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30% restante tendrá un incremento que podrá llegar a un 5 %.
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Impuesto adicional de ingresos brutos para la actividad portuaria
Fija una tasa de despacho para operaciones de carga y descarga de todo tipo de mercaderías con excepción de áridos (piedras) y productos de la pesca artesanal, en las 14 estaciones portuarias de la provincia.
La tasa de carga se fijó en $6 por tonelada y la de descarga en 18 pesos.
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Impuesto a la Herencia
Según subraya el texto de la reforma fiscal aprobada, que no se trata de la creación de un nuevo impuesto, sino de la regulación de lo expresado en la Ley 13.688 -Ley Provincial de Educación- que taxativamente dispone que el 80% de lo que recauda pasa al Fondo Provincial de Educación y el 20 restante a las administraciones municipales.
Quedan exentas del tributo las transmisiones de bienes que en conjunto no superen los $3 millones.
La polémica que se desató sobre la aplicación de este último impuesto es el impacto que tendría sobre los titulares de las cajas de seguridad.
Los abogados advierten que esta herramienta viola el derecho a la intimidad, además e otorgarle al fisco facultades excesivas.
Gastón Vidal Quera, miembro del Departamento Contencioso Administrativo Fiscal y Aduanero de Lisicki, Litvin & Asociados alertó que el proyecto dado a conocer: “no establece con precisión cómo serán las características de la tasación, así como tampoco el alcance de la intervención del fisco bonaerense”.
El especialista añadió que: «Tampoco se establece qué pasa si hay una discrepancia con el valor que determine ARBA respecto a los depósitos en cajas de seguridad y las pruebas y defensas que en esa instancia podrá ofrecer el contribuyente”.
Vidal Quera, afirmó que: “La facultad que se le otorga al organismo de recaudación provincial viola el derecho a la intimidad, por lo que de sancionarse tal como está en el proyecto, deberá ser utilizada cuidando de respetar los derechos y garantías constitucionales de los contribuyentes.
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