La Unión Obrera de la Construcción, UOCRA, firmo el acuerdo, Resolución SsRL Nº 9/08 del 10/01/2008 que dice:
1.- Establecer el pago de una suma de carácter no remunerativa y extraordinaria de fin de año, correspondiente al mes de Diciembre de 2007, cuyo valor se establece en la suma única total y definitiva de:
a.-) Pesos cuatrocientos ($400) para todos aquellos trabajadores comprendidos en la CCT 76/75 cualquiera sea su categoría que desempeñen tareas en el ámbito territorial de la Zona “A” del Convenio Colectivo de Trabajo 76/75 y
b.-) Pesos quinientos ($500) para todos aquellos trabajadores comprendidos en el CCT 76/75 cualquiera sea su categoría que desempeñen tareas en el ámbito territorial de la Zonas “B”, “C” y Austral del referido Convenio.-
2.- Las partes acuerdan que esta suma se abonará de la siguiente manera: el 50% con el pago de la primer quincena de enero de 2008, y el 50 % restante con el pago de la primer quincena del mes de febrero de 2008, quedando aclarado que si el trabajador dejara de prestar tareas con anterioridad a la fecha fijada para el pago de alguna de las cuotas, el monto al que en virtud del presente acuerdo resulta acreedor se abonará en oportunidad de hacerse efectivo el pago de su liquidación final.
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