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AFIP: Aumento de cuota de Autónomos 2016

El día de ayer, cumpliendo con la aplicación de la Ley de Movilidad Jubilatoria, el Presidente Mauricio Macri y el Director Ejecutivo de ANSES, (Administración Nacional de la Seguridad Social), Emilio Basavilbaso, anunciaron una suba en las jubilaciones y pensiones nacionales del 15,35% aplicable desde el 1ero de marzo. Con lo cual, AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) aplicará un aumento de la cuota de autónomos 2016. En el mes de marzo de 2016 se aplicará un incremento de las jubilaciones y pensiones del SIPA (Sistema Integrado Provisional Argentino), las Asignaciones Familiares (AAFF), la Ayuda Escolar Anual, la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo para la Protección Social. Junto con ello se producirá un aumento de […]

El día de ayer, cumpliendo con la aplicación de la Ley de Movilidad Jubilatoria, el Presidente Mauricio Macri y el Director Ejecutivo de ANSES, (Administración Nacional de la Seguridad Social), Emilio Basavilbaso, anunciaron una suba en las jubilaciones y pensiones nacionales del 15,35% aplicable desde el 1ero de marzo. Con lo cual, AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) aplicará un aumento de la cuota de autónomos 2016.

En el mes de marzo de 2016 se aplicará un incremento de las jubilaciones y pensiones del SIPA (Sistema Integrado Provisional Argentino), las Asignaciones Familiares (AAFF), la Ayuda Escolar Anual, la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo para la Protección Social. Junto con ello se producirá un aumento de la cuota de Autónomos.

Si bien AFIP no ha anunciado la nueva tabla con los montos de las autoras de autónomos, el portal de noticias iProfesional realizó un estimativo de los mismos. Según indicó dicho sitio web, los importes serían los siguientes:

Categoría Aporte Comprende a
I $919
  • Personas físicas que ejerzan profesionales u oficios y productores de seguros con ingresos de hasta $20.000 por año.
  • Comerciantes con remuneraciones anuales de hasta $25.000.
  • Sujetos adheridos al sistema previsional de forma voluntaria (amas de casa, directivos de cooperativas que no perciben retribución, religiosos, profesionales y personas que aportan a cajas especiales y titulares de condominios sin tareas de dirección).
II $1.287
  • Personas físicas que ejerzan profesionales u oficios y productores de seguros con ingresos anuales mayores a $20.000.
  • Comerciantes con ingresos anuales de más de $25.000.
III $1.839
  • Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares y socios de sociedades de cualquier tipo con rentas anuales iguales o menores a $15.000.
IV $2.943
  • Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares y socios de sociedades de cualquier tipo con remuneraciones anuales que van de $15.001 a $30.000, inclusive.
V $4.047
  • Directores, administradores y conductores de sociedades comerciales o civiles, regulares o irregulares y socios de sociedades de cualquier tipo con ingresos de más de $30.000.

Aparte, el incremento de las jubilaciones y pensiones producirá un aumento en la remuneración tope para calcular los aportes de los trabajadores en relación de dependencia. El mismo sería de aproximadamente 48.515 pesos y el importe máximo de la retención con destino al sistema previsional se ubicará cerca de los 5.336 pesos.

También subirán los montos destinados por el empleado a la obra social y al PAMI. Los mismos sería cercanos a los 2.910 pesos.

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