Las personas físicas mayores de 21 años que deban realizar un trabajo, servicio o venta en forma esporádica pueden hacerlo inscribiéndose en el Monotributo Eventual regulados por las de los artículos 32 al 38 del Anexo de la ley Nº 25865, 40 a 48 del Decreto Nº 806/04. Para ello es necesario poseer CUIT si no lo poseen deberá tramitarlo previamente mediante el formulario 183/F en la Administración Federal de Ingresos Públicos, AFIP.
La persona física que necesite obtener el CUIT para poder inscribirse como Monotributista Eventual deberá presentar en la AFIP el Formulario 183/F completo y acompañarlo con:
-
Argentino DNI, libreta cívica o de enrolamiento a los efectos de demostrar su identidad.
-
Si es extranjero y no posee DNI, exhibir cédula de identidad, pasaporte o certificado de la Dirección Nacional de Migraciones.
-
Las sucesiones indivisas deberán aportar fotocopia del acta de defunción del causante y exhibir original de la misma.
Una vez que obtiene el CUIT la inscripción al Monotributo se realiza por Internet, desde la página Web de la AFIP con «Clave Fiscal» mediante la transferencia electrónica de datos empleado el Formulario 184/F. Para ello debe seleccionar el servicio de «Monotributo» , tildar la opción de adhesión y completar los datos que le va pidiendo el sistema.
Consignados los datos requeridos, el sistema generará una constancia de presentación -acuse de recibo- y la credencial para el pago, formulario F. 154.
El trámite puede ser realizado tanto en forma personal como con la intervención de un tercero. Si es en forma personal, el formulario debe ser firmado ante el funcionario actuante. Si es a través de un tercero, el formulario debe estar certificado por la policía, por una entidad bancaria o escribano público.
¿Cómo debo proceder en el caso de pasar como Pequeño Contribuyente Eventual a Monotributo?
Los Pequeños Contribuyentes Eventuales que deban incluirse en el régimen general de Monotributo, a efectos de realizar el alta correspondiente, deberán efectuar la modificación de datos por internet, no siendo necesaria la presentación del formulario 183/F en dependencia.
Seguinos
- Nuestro WhatsApp: Canal EconoBlog.
- Nuestro TikTok: @EconoBlog.
Hola, yo cumplo con los requisitos para anotarme como monotributista social, pero no se como liquidar lo que tengo que pagar de Monotributo.
Gracias
Ok, muchas gracias, como se hace para pagar el monotributo de septiembre? porque me adheri el 20 de octubre y pague ahora en noviembre. Por lo q deberia estar pagando septiembre y octubre? como se ingresan meses antrasados?
Soy de cba para IIBB es una actividad excenta por lo que creo que no debo inscribirme
Jose
Averigua en Cordoba aca una actividad exenta se inscribi igual como exento.
Monotributo se paga con la credencial y le decis al cajero el mes luego pagas en el formulario 155 los intereses
Graciela, en el F.183 puse septiembre de 2009, no solicita día sino mes y año de inicio de actividades y ahi indique 09/2009 que es el mes en que me iban a otorgar la matricula
gracias por la respuesta
Jose
Ok pero sin importar el día los aportes los tenes que hacer desde 9/09, ya que la AFIP entiende que iniciaste actividades desde 9/09 Luego en ingresos brutos pones el mismo inicio de la AFIP pero presentas Sin actividades, ya que no siempre el inicio de activiadades es cuando te dan la matricula
hola, tengo una consulta relativa a la fecha de inico de actividades para la inscripcion como monotributista soy abogado
Solicite el CUIT con el F.183/F el 9/9
Me otorgaron la matricula profesional el 17/9
Me adheri al monotributo el 20/10
Cuando voy a solicitar la impresión de las facturas a una imprenta figura como fecha de inicio de actividades el 9/9 cuando si no enitendo mal el inicio de actividades deberia ser el 20/10. Es necesario hacer algo para modificar esto? o es correcto que figure como fecha de inicio de actividades el 9/9?
Desde ya muchas gracias
Jose
En el formulario 183 pusiste que iniciaste actividades el 9/9 es obligación poner el inicio en el 183 que fecha dice?
hola mi pregunta es la siguiente: yo soy monotributista estoy por tomar un empleado y en art provincia me dijeron q los empl de monot no pueden tener art, esto es asi? si es asi q se hace solo trabajan con el suguro de vida?
desde ya muchas gracias
Veronica
Ya te conteste en el otro articulo que preguntaste