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ANSeS, Asignaciones Familiares, modificaciones, su incorporación al SUAF

Recordamos que  a partir del día 1 de abril de 2008, ANSeS, dispuso que se producirá la incorporación masiva de todos los empleadores que aún no se encuentren en el sistema SUAF. Aquellas empresas que han sido incorporadas al SUAF, por haber solicitado reintegro de Asignaciones familiares (según la Resolución 584/2006) o por algún otro procedimiento distinto, tendrán tiempo hasta el día 30 de junio de 2008 para presentar la solicitud pendiente de reintegro por el pago de las Asignaciones Familiares pagadas, durante los meses inmediatos anteriores a su incorporación al SUAF. Una vez vencido ese plazo, caducará el derecho a solicitar el reintegro correspondiente. La Empresas que aún no han sido incorporadas al SUAF, deberán presentar ante las oficina […]

Recordamos que  a partir del día 1 de abril de 2008, ANSeS, dispuso que se producirá la incorporación masiva de todos los empleadores que aún no se encuentren en el sistema SUAF.

  • Aquellas empresas que han sido incorporadas al SUAF, por haber solicitado reintegro de Asignaciones familiares (según la Resolución 584/2006) o por algún otro procedimiento distinto, tendrán tiempo hasta el día 30 de junio de 2008 para presentar la solicitud pendiente de reintegro por el pago de las Asignaciones Familiares pagadas, durante los meses inmediatos anteriores a su incorporación al SUAF. Una vez vencido ese plazo, caducará el derecho a solicitar el reintegro correspondiente.

La Empresas que aún no han sido incorporadas al SUAF, deberán presentar ante las oficina s de ANSeS y hasta el día 30 de junio de 2008 las siguiente documentación:

    a)   Nota con carácter de Declaración Jurada, firmada por le empleador, (no es necesario que la firma este certificada) detallando la nómina de los trabajadores (Apellido y Nombre y Nº de CUIL) que han optado por percibir la Asignaciones Familiares a través de una cuenta bancaria (CBU),  adjuntado por cada uno de ellos la constancia emitida por el banco o copia del extracto bancario donde conste CUIL o DNI, apellido y nombre y Nº de CBU correspondiente o en su defecto, la boca de pago (ver listado disponible en la página de ANSeS www.anses.gov.ar HYPERLINK) o la provincia y Código Postal del lugar elegido para el cobro por cada trabajador.

    b)  Nota con carácter de Declaración Jurada, firmada por le empleador, (no es necesario que la firma este certificada) en la que in formen los datos que enumeramos a continuación, en caso del personal comprendido dentro de la Resolución 344/05 (trabajadoras que se encuentren o inicien licencia por maternidad) en el mes del ingreso formal al SUAF, se le debe seguir pagando por medio del sistema compensador hasta la finalización de la licencia.

  1. CUIT de la Empresa
  2. Razón Social
  3. Nº de CUIL, Apellido y Nombre de la trabajadora
  4. Tipo de Licencia (maternidad o maternidad Down) que se encuentra gozando o debe iniciar la trabajadora al momento de la incorporación de la empresa al SUAF
  5. Periodo y montos ya abonados
  6. Periodos o montos a abonar (desde el mes de  la incorporación en adelante)

    c) IMPORTANTE recordar que las empresas no serán notificadas de su incorporación al SUAF al producirse la incorporación masiva, así fue establecido por la Resolución Nº 670/07 de ANSeS.

     d) Es condición NECESARIA para que los trabajadores puedan percibir las ASIGNACIONES FAMILIARES a través del sistema SUAF que:

  1. Los empleadores presenten en tiempo y forma las Declaraciones Juradas de Seguridad Social Formulario 931 a la AFIP.
  2. Que declaren a sus trabajadores y sus cargas de familia a través del sistema de la AFIP, opción MI SIMPLIFICACIÓN.

Si bien se había hablado de una posible prorroga en el procedimiento hasta el momento no existe.

  • Aquellas empresas incorporadas al SUAFF

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652 comentarios en “ANSeS, Asignaciones Familiares, modificaciones, su incorporación al SUAF”

  1. que seguimiento? lo que revisaron son que estuviesen todos los datos bien cargados. por otra parte, yo soy empleada de la misma empresa y siempre cobre las asignaciones, o sea, que el 931 lo mandan todos los meses. el puede hacer algun trámite a traves de la pagina del anses para solucionar esto?

    1. mariana

      La pregunat esta incompleta no puedo ver comentarios y respuestas anteriores cuando estoy contestando necesito pregunta completa. Quien te tiene que pagar? Anses?¿ la mepresa?

  2. Hola Graciela, mi consulta es si teniendo HIV corresponde o está la posibilidad de cobrar una pensión, por discapacidad o por lo que fuere, y en el caso que correspondiera, se puede cobrar esa pensión estando trabajando?

    1. Noelia

      La jubilacion por invalidez la tramitas y es la junta medica quien determina si correposnde de acuerdo al rado de incapacidad. Si trabajas no se puede cobrar pension por invalidez

  3. yo mande mi consulta e mediados de julio y no me han contestado. la empresa a la cual pertenezco está correctamente inscripta en el sist. suaf desde febrero 2009 y yo cobro las asig,fliares desde abril 2009 que es la fecha que pagaban febrero; pero un compañero mio no las cobra aún y el contador, luego de haber revisado todo, no sabe como resolverlo para que el empiece a cobrar.

    1. mariana

      Que es lo que reviso? La empresa tiene que haber mandado le formulario 931 todos los meses que sueldo bruto tiene? que se acerque hasta ANSeS y pregunte hizo el seguimiento por la pagina de anses?

  4. anses me reclama una deuda x una deuda de fondo de desempleo kiero saber ke es lo ke se debe!
    alguien me `podria decir como se averigua este problema , ya ke por este incomveniente no me pagan la asignaciones familiar!
    gracias!

    1. hector

      Seguro que estuviste cobrando fondo de desmepleo y a la vez realizaste aportes jubilatorio que quiere decir que no estabas desmepleado puede ser por eso la deuda, pero tendrias que ir a ANSeS y preguntar

  5. hola, kisiera saber cual es el inconveniente que tengo con «anses» ke no puedo cobrar las asignaciones familiares!
    kisiera saber si tengo alguna con anses y como pudiera conuncarme de este tema!?
    yo empece lo tramites en esta fecha 04/2009 y todavia no pueo cobrar alguien sabria xq!??
    desde ya muchas gracias!

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