Recordamos que a partir del día 1 de abril de 2008, ANSeS, dispuso que se producirá la incorporación masiva de todos los empleadores que aún no se encuentren en el sistema SUAF.
- Aquellas empresas que han sido incorporadas al SUAF, por haber solicitado reintegro de Asignaciones familiares (según la Resolución 584/2006) o por algún otro procedimiento distinto, tendrán tiempo hasta el día 30 de junio de 2008 para presentar la solicitud pendiente de reintegro por el pago de las Asignaciones Familiares pagadas, durante los meses inmediatos anteriores a su incorporación al SUAF. Una vez vencido ese plazo, caducará el derecho a solicitar el reintegro correspondiente.
La Empresas que aún no han sido incorporadas al SUAF, deberán presentar ante las oficina s de ANSeS y hasta el día 30 de junio de 2008 las siguiente documentación:
a) Nota con carácter de Declaración Jurada, firmada por le empleador, (no es necesario que la firma este certificada) detallando la nómina de los trabajadores (Apellido y Nombre y Nº de CUIL) que han optado por percibir la Asignaciones Familiares a través de una cuenta bancaria (CBU), adjuntado por cada uno de ellos la constancia emitida por el banco o copia del extracto bancario donde conste CUIL o DNI, apellido y nombre y Nº de CBU correspondiente o en su defecto, la boca de pago (ver listado disponible en la página de ANSeS www.anses.gov.ar HYPERLINK) o la provincia y Código Postal del lugar elegido para el cobro por cada trabajador.
b) Nota con carácter de Declaración Jurada, firmada por le empleador, (no es necesario que la firma este certificada) en la que in formen los datos que enumeramos a continuación, en caso del personal comprendido dentro de la Resolución 344/05 (trabajadoras que se encuentren o inicien licencia por maternidad) en el mes del ingreso formal al SUAF, se le debe seguir pagando por medio del sistema compensador hasta la finalización de la licencia.
- CUIT de la Empresa
- Razón Social
- Nº de CUIL, Apellido y Nombre de la trabajadora
- Tipo de Licencia (maternidad o maternidad Down) que se encuentra gozando o debe iniciar la trabajadora al momento de la incorporación de la empresa al SUAF
- Periodo y montos ya abonados
- Periodos o montos a abonar (desde el mes de la incorporación en adelante)
c) IMPORTANTE recordar que las empresas no serán notificadas de su incorporación al SUAF al producirse la incorporación masiva, así fue establecido por la Resolución Nº 670/07 de ANSeS.
d) Es condición NECESARIA para que los trabajadores puedan percibir las ASIGNACIONES FAMILIARES a través del sistema SUAF que:
- Los empleadores presenten en tiempo y forma las Declaraciones Juradas de Seguridad Social Formulario 931 a la AFIP.
- Que declaren a sus trabajadores y sus cargas de familia a través del sistema de la AFIP, opción MI SIMPLIFICACIÓN.
Si bien se había hablado de una posible prorroga en el procedimiento hasta el momento no existe.
- Aquellas empresas incorporadas al SUAFF
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soy yanina albornoz queria saBER SI ESTOY EN EL LISTADO DE LA ASIGNACION POR HIJO Y SI ESTOY CUANDO Y DONDE COBRO
me olvidaba el no tiene trabajo seguro hace changas como hago que presento desde ya gracias
hola necesito saber cuales son los formularios exactos que temgo que presentar para la asignacion familiar tengo 1 hija no tengo trabajo estoy con el padre pero no convivimos en el DNI de mi hija tiene el apellido de los dos quiero saber si es necesario una conformidad ha y por ultimo hasta cunado se puede presentar todo
quiero saber si sali en la asignacion universaal dni 39069xxx femenina con un hijo
quisiera saber si sali en listado por asignacion por hijo