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ANSeS, Asignaciones Familiares, modificaciones, su incorporación al SUAF

Recordamos que  a partir del día 1 de abril de 2008, ANSeS, dispuso que se producirá la incorporación masiva de todos los empleadores que aún no se encuentren en el sistema SUAF. Aquellas empresas que han sido incorporadas al SUAF, por haber solicitado reintegro de Asignaciones familiares (según la Resolución 584/2006) o por algún otro procedimiento distinto, tendrán tiempo hasta el día 30 de junio de 2008 para presentar la solicitud pendiente de reintegro por el pago de las Asignaciones Familiares pagadas, durante los meses inmediatos anteriores a su incorporación al SUAF. Una vez vencido ese plazo, caducará el derecho a solicitar el reintegro correspondiente. La Empresas que aún no han sido incorporadas al SUAF, deberán presentar ante las oficina […]

Recordamos que  a partir del día 1 de abril de 2008, ANSeS, dispuso que se producirá la incorporación masiva de todos los empleadores que aún no se encuentren en el sistema SUAF.

  • Aquellas empresas que han sido incorporadas al SUAF, por haber solicitado reintegro de Asignaciones familiares (según la Resolución 584/2006) o por algún otro procedimiento distinto, tendrán tiempo hasta el día 30 de junio de 2008 para presentar la solicitud pendiente de reintegro por el pago de las Asignaciones Familiares pagadas, durante los meses inmediatos anteriores a su incorporación al SUAF. Una vez vencido ese plazo, caducará el derecho a solicitar el reintegro correspondiente.

La Empresas que aún no han sido incorporadas al SUAF, deberán presentar ante las oficina s de ANSeS y hasta el día 30 de junio de 2008 las siguiente documentación:

    a)   Nota con carácter de Declaración Jurada, firmada por le empleador, (no es necesario que la firma este certificada) detallando la nómina de los trabajadores (Apellido y Nombre y Nº de CUIL) que han optado por percibir la Asignaciones Familiares a través de una cuenta bancaria (CBU),  adjuntado por cada uno de ellos la constancia emitida por el banco o copia del extracto bancario donde conste CUIL o DNI, apellido y nombre y Nº de CBU correspondiente o en su defecto, la boca de pago (ver listado disponible en la página de ANSeS www.anses.gov.ar HYPERLINK) o la provincia y Código Postal del lugar elegido para el cobro por cada trabajador.

    b)  Nota con carácter de Declaración Jurada, firmada por le empleador, (no es necesario que la firma este certificada) en la que in formen los datos que enumeramos a continuación, en caso del personal comprendido dentro de la Resolución 344/05 (trabajadoras que se encuentren o inicien licencia por maternidad) en el mes del ingreso formal al SUAF, se le debe seguir pagando por medio del sistema compensador hasta la finalización de la licencia.

  1. CUIT de la Empresa
  2. Razón Social
  3. Nº de CUIL, Apellido y Nombre de la trabajadora
  4. Tipo de Licencia (maternidad o maternidad Down) que se encuentra gozando o debe iniciar la trabajadora al momento de la incorporación de la empresa al SUAF
  5. Periodo y montos ya abonados
  6. Periodos o montos a abonar (desde el mes de  la incorporación en adelante)

    c) IMPORTANTE recordar que las empresas no serán notificadas de su incorporación al SUAF al producirse la incorporación masiva, así fue establecido por la Resolución Nº 670/07 de ANSeS.

     d) Es condición NECESARIA para que los trabajadores puedan percibir las ASIGNACIONES FAMILIARES a través del sistema SUAF que:

  1. Los empleadores presenten en tiempo y forma las Declaraciones Juradas de Seguridad Social Formulario 931 a la AFIP.
  2. Que declaren a sus trabajadores y sus cargas de familia a través del sistema de la AFIP, opción MI SIMPLIFICACIÓN.

Si bien se había hablado de una posible prorroga en el procedimiento hasta el momento no existe.

  • Aquellas empresas incorporadas al SUAFF

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652 comentarios en “ANSeS, Asignaciones Familiares, modificaciones, su incorporación al SUAF”

  1. hola quisiera saber que papeles hay q presentar ya q mi marido quiere que yo cobre el salario.puedo hacerlo yo al tramite????desde ya muchas gracias

  2. Que tal Graciela. Te consulto por lo siguiente: soy curadora de mi madre (es discapacitada mental) quien no percibe ningún tipo de beneficio social. No me queda claro si tengo derecho a una asignación familiar ya que es pariente ascendiente. Yo trabajo en relación de dependencia. Muchísimas gracias.

  3. Hola Graciela.
    Por favor ayudame. Resulta q a la empresa en la cual trab. la pasaron al SUAF dsd 05/2010; yo cobraba hasta el 04/10 por recibo pòr mis 5 hijos, pero en el traspaso al ANSES cuando salio el pago hace unos días me salio por uno de mis hijos solamente, chekeamos en la base de Mi simplificacion AFIP y estan todos dados de alta. La cuestión es que el ANSES me dice que pueden regularizar mis 4 hijos restantes PERO QUE A LOS PERIODOS 05 Y 06/10 LOS VOY A PERDER. POR FAVOR COMO HAGO PARA NO PERDER ESE IMPORTE (X 4 HIJOS X 2 PERIODOS)? ya que es un ingreso muy importante para mi familia. Desde ya muchas gracias

    1. Cristian

      Cual es elmotivo que te dice ANSES que no entraron bien los datos? anda nuevamente y reclamalo, hacete escuchar pedi hablar con algún jefe o encargado de sección, entendes?

  4. Graciela:
    Gracias por la agilidad en la respuesta. Con respecto a la CUIL del bebé se necesita para realizar el trámite de la asignación familiar? De ser afirmativo, donde se solicita o quién te lo asigna? Gracias nuevamente.Saludos

    1. Miriam

      Cuando llevas los papeles a ANSES, pedis el CUIL del Bebe y acordate que son con copia al empleador ya que él lo tiene que cargar en Internet

  5. Hola de nuevo, en el caso del prenatal, si el trámite no se hizo en su momento el beneficio se pierde?Gracias nuevamente por contestar.Saludos cordiales

    1. Miriam

      Si el bebe ya nacio se pierde. si el empleador esta en el SUAF se averigua con elNº de CUIT del empleador. Si no tenes cuenta sueldo tenes que poner una boca de pao que puede ser el correo pero siempre conviene un banco con cuenta sueldo para no tener que ir a hacer colas para cobrarlo

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