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AFIP: ¿Cuándo cobro devolución de retenciones por compra de dólares?

El mes pasado, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha comenzado a efectuar el reintegro de las percepciones del 20% y 35% por las operaciones en moneda extranjera. Hemos recibido muchas consultas de contribuyentes que habiendo hecho el trámite aún no tuvieron el depósito y desean saber cuándo cobrarán la devolución de las retenciones por la compra de dólares. Los contribuyentes que hayan efectuado compra de dólar ahorro y/o turista; adquirido pasajes y/o paquetes al exterior; y/o hayan realizado compras con tarjetas de crédito/débito en negocios extranjeros, ya sea por Internet o personalmente, entre 2012 y el levantamiento del cepo cambiario pueden solicitar una devolución de las percepciones. Para realizar este pedido es necesario presentar el Formulario 746/A (Devoluciones […]

El mes pasado, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha comenzado a efectuar el reintegro de las percepciones del 20% y 35% por las operaciones en moneda extranjera. Hemos recibido muchas consultas de contribuyentes que habiendo hecho el trámite aún no tuvieron el depósito y desean saber cuándo cobrarán la devolución de las retenciones por la compra de dólares.

Los contribuyentes que hayan efectuado compra de dólar ahorro y/o turista; adquirido pasajes y/o paquetes al exterior; y/o hayan realizado compras con tarjetas de crédito/débito en negocios extranjeros, ya sea por Internet o personalmente, entre 2012 y el levantamiento del cepo cambiario pueden solicitar una devolución de las percepciones. Para realizar este pedido es necesario presentar el Formulario 746/A (Devoluciones y transferencias) siguiendo los pasos detallados AQUÍ.

Una vez presentado el F746/A, el usuario tiene la oportunidad de consultar el estado de su trámite mediante el servicio «Devoluciones web – Percepciones – Res. Grales. A.F.I.P. 3.378/12 y 3.379/12». En caso de que el trámite haya sido calificado como «Aprobado» o «Aprobado – Devolución en cuotas» después del 29 de enero de 2016, el depósito se hará a partir de la fecha prevista para la acreditación de la cuota 2 (11 de Marzo de 2016).

El cronograma con las fechas de depósito de la devolución de retenciones por compra de dólares en 2012, 2013 y 2014 es el siguiente:

  • 11 de marzo: Segunda cuota.
  • 13 de abril: Tercera cuota.
  • 12 de mayo: Cuarta cuota.
  • 14 de junio: Quinta cuota.
  • 14 de julio: Sexta cuota.

El depósito de la devolución de las percepciones por compra de moneda extranjera es realizado en la cuenta corriente del CBU que el contribuyente informe a AFIP previamente a presentar el Formulario 746/A.

El reintegro en una sola cuota se realiza cuando el monto es de hasta 6.000 pesos. Para importes mayores, el Fisco efectúa una devolución en cuotas de hasta 6.000 pesos cada una de ellas.

Recordemos que las percepciones del 20% y 35% de 2015 podrán ser solicitadas por los empleados en relación de dependencia, monotributistas, jubilados, pensionados y demás sujetos no alcanzados por el Impuesto a las Ganancias una vez que venza la presentación de la Declaración Jurada (DDJJ) de Ganancias y Bienes Personales, es decir en abril/mayo de 2016. Por el momento, el organismo recaudador no ha anunciado cuál será el cronograma para la devolución de dichos importes.

271 comentarios en “AFIP: ¿Cuándo cobro devolución de retenciones por compra de dólares?”

  1. Me sale esto
    [14732346 – 37] Conforme las bases de datos de este Organismo, Ud. registra consumos con tarjetas de crédito/débito que superan sus ingresos declarados en el período 2015. Por lo expuesto, su solicitud se encuentra en proceso de verificación. Oportunamente se le comunicará el resultado de la misma.
    yo no presente nunca nada a laAfip,por que no pago impuesto a las ganancias mi pensión esta exenta que debo hacer.gracias

    1. Guillermina, AFIP está verificando tu solicitud porque hiciste más gastos con la tarjeta de crédito que los ingresos que tenés declarados.

      1. gracias jorge si, hoy me salio casualmente lo que vos me decis, pero no entiendo, yo nunca declare en ganancias y tengo una pension del poder judicial que no paga ganancias, que debo hace.Muchas gracias

      2. Guillermina No tiene nada que ver con que pagues o no ganancias, verifican si gastaste mas de tus ingresos

      3. Jorge, me paso lo mismo. Sera que lo revisan y luego me devuelven? O no me devolveran?
        Gracias!

  2. EL MIO DICE
    ESTADO [APROBADO – DEVOLUCIÓN EN CUOTAS (24-70)] FECHA ESTADO [23-01-2016]
    NUNCA RECIBI LA PLATA

  3. Esta es la leyenda q me aparece perdon :

    ESTADO [EN TRÁMITE (0-30)] FECHA ESTADO [27-07-2016]

    Estimado Ciudadano, a fin de poder cumplir con el compromiso de devolución de percepciones -períodos 2012 a 2014-, tenga en cuenta que:

    Se verifica que usted posee un Saldo de Libre Disponibilidad en su Declaración Jurada de Ganancias para el período en cuestión. El trámite deberá continuarlo en la dependencia.

    Una vez solucionado el inconveniente detectado, ud. se encontrará en condiciones de cobrar la devolución de las percepciones en la próxima cuota disponible

  4. Hola me aparece esta leyenda q significa y si debo ir a la dependencia q doc llevo alguien sabe porq la verdad la agencia me queda lejos para ir estara faltando alguna dj gcia yo no presente en 2012 y 2013 ya pedi al contador las presente aunque creo en ese momento no tenia obligiacion de presentar sera eso o q podriua ser q esta pasando ya q yo no pago impuestos ni me retienen ganacias no tnego manera de compensar un saldo libre disponibilidad
    Gracias

  5. A mi me devolvieron unas que presenté el mes pasado. Pero estas que fueron presentadas en el 2013 siguen saliendo con esta leyenda y no me las devuelven. Alguien sabe, si porque fueron presentadas en 2013 -2014 no las procesan? y como se puede hacer para reactivar?

    F746/A – CUIT [] – PERIODO [201308] – TRANSACCION [336570666] – FECHA CONSULTA [26-07-2016 16:38]

    IMPORTE [$2.527,58]

    ESTADO [EN TRÁMITE (13-30)] FECHA ESTADO [11-12-2013]

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