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AFIP: ¿Cuándo cobro devolución de retenciones por compra de dólares?

El mes pasado, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha comenzado a efectuar el reintegro de las percepciones del 20% y 35% por las operaciones en moneda extranjera. Hemos recibido muchas consultas de contribuyentes que habiendo hecho el trámite aún no tuvieron el depósito y desean saber cuándo cobrarán la devolución de las retenciones por la compra de dólares. Los contribuyentes que hayan efectuado compra de dólar ahorro y/o turista; adquirido pasajes y/o paquetes al exterior; y/o hayan realizado compras con tarjetas de crédito/débito en negocios extranjeros, ya sea por Internet o personalmente, entre 2012 y el levantamiento del cepo cambiario pueden solicitar una devolución de las percepciones. Para realizar este pedido es necesario presentar el Formulario 746/A (Devoluciones […]

El mes pasado, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha comenzado a efectuar el reintegro de las percepciones del 20% y 35% por las operaciones en moneda extranjera. Hemos recibido muchas consultas de contribuyentes que habiendo hecho el trámite aún no tuvieron el depósito y desean saber cuándo cobrarán la devolución de las retenciones por la compra de dólares.

Los contribuyentes que hayan efectuado compra de dólar ahorro y/o turista; adquirido pasajes y/o paquetes al exterior; y/o hayan realizado compras con tarjetas de crédito/débito en negocios extranjeros, ya sea por Internet o personalmente, entre 2012 y el levantamiento del cepo cambiario pueden solicitar una devolución de las percepciones. Para realizar este pedido es necesario presentar el Formulario 746/A (Devoluciones y transferencias) siguiendo los pasos detallados AQUÍ.

Una vez presentado el F746/A, el usuario tiene la oportunidad de consultar el estado de su trámite mediante el servicio «Devoluciones web – Percepciones – Res. Grales. A.F.I.P. 3.378/12 y 3.379/12». En caso de que el trámite haya sido calificado como «Aprobado» o «Aprobado – Devolución en cuotas» después del 29 de enero de 2016, el depósito se hará a partir de la fecha prevista para la acreditación de la cuota 2 (11 de Marzo de 2016).

El cronograma con las fechas de depósito de la devolución de retenciones por compra de dólares en 2012, 2013 y 2014 es el siguiente:

  • 11 de marzo: Segunda cuota.
  • 13 de abril: Tercera cuota.
  • 12 de mayo: Cuarta cuota.
  • 14 de junio: Quinta cuota.
  • 14 de julio: Sexta cuota.

El depósito de la devolución de las percepciones por compra de moneda extranjera es realizado en la cuenta corriente del CBU que el contribuyente informe a AFIP previamente a presentar el Formulario 746/A.

El reintegro en una sola cuota se realiza cuando el monto es de hasta 6.000 pesos. Para importes mayores, el Fisco efectúa una devolución en cuotas de hasta 6.000 pesos cada una de ellas.

Recordemos que las percepciones del 20% y 35% de 2015 podrán ser solicitadas por los empleados en relación de dependencia, monotributistas, jubilados, pensionados y demás sujetos no alcanzados por el Impuesto a las Ganancias una vez que venza la presentación de la Declaración Jurada (DDJJ) de Ganancias y Bienes Personales, es decir en abril/mayo de 2016. Por el momento, el organismo recaudador no ha anunciado cuál será el cronograma para la devolución de dichos importes.

271 comentarios en “AFIP: ¿Cuándo cobro devolución de retenciones por compra de dólares?”

  1. Hola alguno sabe cuando empezaran a devolver?? Sobre el mensaje «ESTADO [APROBADO – DEVOLUCIÓN EN CUOTAS (24-70)] FECHA ESTADO [14-08-2016]

    De acuerdo al análisis de las ….» como bien dijieron es un mensaje masivo que en caso de haberse realizado alguna nota de credito ese monto se descontara del total a devolver, sino hay nota de credito se devuelve el total. Desde AFIP a mi me informaron que me fijara en mis retenciones y alli figura si hay o no notas de credito.

  2. Hola
    AMi me sale este mensaje
    ESTADO [APROBADO – DEVOLUCIÓN EN CUOTAS (24-70)] FECHA ESTADO [14-08-2016]

    De acuerdo al análisis de las solicitudes de devolución por usted presentadas y de las percepciones efectuadas registradas en las bases de este Organismo, se informa que del monto total a devolver han sido descontadas las percepciones en negativo originadas en notas de crédito emitidas por los Agentes de Percepción.

  3. Hola : Alguien sabe cuando comienzan las devoluciones del 2015. fecha precisa..
    Agosto cuando..?

  4. Buenas tardes, yo cargué manual una percepción aérea de la compañía aérea Avianca que nunca figuró dentro de mis retenciones, ya hace 2 meses la presente y todo el resto me parece aprobado y esta que cargué manual dice:

    ESTADO [EN TRÁMITE (0-30)] FECHA ESTADO [13-08-2016]

    Estimado Ciudadano, a fin de poder cumplir con el compromiso de devolución de percepciones -períodos 2012 a 2014-, tenga en cuenta que:

    – El total solicitado para el período [2015] supera lo disponible en Mis Retenciones [0]

    Una vez solucionado el inconveniente detectado, ud. se encontrará en condiciones de cobrar la devolución de las percepciones en la próxima cuota disponible.

    * Tengo que esperar que AFIP lo apruebe o debo reclamar a la compañía aérea ya que no figuró nunca en retenciones o eso se encargaría la AFIP de procesarlo? .. muchas gracias y disculpen las molestias.

  5. Una mentira la devolución esta. A todos nos dice lo mismo en otro me dice que no hice ddjj siendo que no tengo propiedades y que:

    De acuerdo al análisis de las solicitudes de devolución por usted presentadas y de las percepciones efectuadas registradas en las bases de este Organismo, se informa que del monto total a devolver han sido descontadas las percepciones en negativo originadas en notas de crédito emitidas por los Agentes de Percepción.

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