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AFIP, Trabajadores, quienes están obligados a presentar declaración de Ganancias cuarta categoría

La AFIP dispuso que a partir del año 2007 los trabajadores en relación de dependencia que están obligados a presentar las declaraciones juradas de Ganancias correspondientes al año 2008 son: Trabajadores que en el transcurso del año 2007 recibieron «exclusivamente» ingresos provenientes de relación de dependencia, y por todo concepto superiores a $144.000.- Pueden realizar la presentación hasta el día 28 de junio de 2008 con el programa aplicativo denominado «Ganancias Personas Físicas – Bienes Personales- Versión 9.0» Trabajadores que en el transcurso del año 2007 recibieron ingresos provenientes de relación de dependencia superiores a $96.000. y que además recibieron ingresos provenientes de cualquier otra actividad sin importar el monto. Deben realizar la presentación con los vencimientos que operan a […]

La AFIP dispuso que a partir del año 2007 los trabajadores en relación de dependencia que están obligados a presentar las declaraciones juradas de Ganancias correspondientes al año 2008 son:

  1. Trabajadores que en el transcurso del año 2007 recibieron «exclusivamente» ingresos provenientes de relación de dependencia, y por todo concepto superiores a $144.000.-
  2. Pueden realizar la presentación hasta el día 28 de junio de 2008 con el programa aplicativo denominado «Ganancias Personas Físicas – Bienes Personales- Versión 9.0»
  3. Trabajadores que en el transcurso del año 2007 recibieron ingresos provenientes de relación de dependencia superiores a $96.000. y que además recibieron ingresos provenientes de cualquier otra actividad sin importar el monto.
  4. Deben realizar la presentación con los vencimientos que operan a partir del 21 de abril de 2008, con  el programa aplicativo denominado «Ganancias Personas Físicas – Bienes Personales- Versión 9.0».

ACLARACIÓN:

Aquellos  trabajadores en relación de dependencia que en el transcurso del año 2007 recibieron ingresos provenientes de relación de dependencia «exclusivamente» por mas de $96.000.- y por menos de $ 144.000.- recibirán por parte de sus empleadores el formularios 648 y 649, que deberán devolverlo firmado pero no  están obligados a presentar las declaraciones juradas de Ganancias y si su patrimonio no supera los $305.000.- tampoco la de Bienes Personales, salvo aquellas personas que están inscriptos que SI o SI las deben presentar o bien dar la baja correspondiente.

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34 comentarios en “AFIP, Trabajadores, quienes están obligados a presentar declaración de Ganancias cuarta categoría”

  1. que pasa si no me pueden deducir mas porque al cambiar las tablas no me llegan a descontar mas 4ta categoria, tengo que presentar otro formulario?? la declaracion me la tienen que hacer en 0?? saludos y gracias

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