El día de la fecha, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ha publicado la tabla con los nuevos montos de aportes de autónomos 2016, los cuales son actualizados respondiendo a la Ley de Movilidad Jubilatoria. Como se indica en la página del organismo recaudador (www.afip.gob.ar), el aumento de la cuota entrará en vigencia a partir del período devengado marzo con vencimiento en abril.
Como cada año, luego de la aplicación de la Ley de Movilidad que incrementa los haberes de los jubilados y pensionados en marzo y septiembre, AFIP aplica un aumento en la cuota de autónomos. Tal como lo anunció el Presidente Mauricio Macri, la suba de las jubilaciones y pensiones del corriente año fue del 15,35%.
Las tablas publicadas por el Fisco Nacional con los nuevos montos de los aportes de autónomos desde marzo de 2016 son las siguientes:
Categorías mínimas de revista:
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos:
Categorías | Importes |
I | 919,92 |
II | 1.287,88 |
III | 1.839,85 |
IV | 2.943,76 |
V | 4.047,66 |
B) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos que realicen actividades penosas o riesgosas a las que les corresponde un régimen previsional diferencial:
Categorías | Importes |
I’ | 1.006,17 |
II’ | 1.408,62 |
III’ | 2.012,33 |
IV’ | 3.219,73 |
V’ | 4.427,13 |
C) Afiliaciones voluntarias:
Categorías | Importes |
I | 919,92 |
D) Menores de 21 años de edad:
Categorías | Importes |
I | 919,92 |
E) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma:
Categorías | Importes |
I | 776,18 |
F) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828:
Categorías | Importes |
I | 316,22 |
Categorías de revista vigentes hasta febrero de 2007:
A) Aportes mensuales de los trabajadores autónomos:
Categorías vigentes hasta febrero de 2007 | Importes |
A | 717,52 |
B | 880,82 |
B’ | 963,40 |
C | 1.177,46 |
C’ | 1.287,85 |
D | 1.761,60 |
D’ | 1.926,75 |
E | 2.941,40 |
E’ | 3.217,15 |
F | 4.114,30 |
G | 5.880,53 |
G’ | 6.431,83 |
H | 8.824,83 |
I | 11.038,98 |
J | 11.038,98 |
B) Beneficiarios de prestaciones previsionales otorgadas en el marco de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones, que ingresen, reingresen o continúen en la actividad autónoma:
Categorías | Importes |
I | 605,41 |
C) Amas de Casa que opten por el aporte reducido previsto por la Ley Nº 24.828:
Categorías | Importes |
I | 246,65 |
Rentas de Referencia para el cálculo de los aportes previsionales de los trabajadores autónomos (Artículo 8º, Ley Nº 24.241 y modificaciones):
Categorías | Importes |
I | 2.874,76 |
II | 4.024,65 |
III | 5.749,53 |
IV | 9.199,24 |
V | 12.648,94 |
Estas modificaciones también producen cambios en los montos de los topes máximos y mínimos de la base imponible para calcular los aportes y contribuciones al Sistema Integral Previsional Argentino (SIPA) aplicables sobre los sueldos de los empleados en relación de dependencia.
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