AFIP con empleada del servicio doméstico

AFIP: Nuevo monto de cuota del Servicio Doméstico 2016

El día de hoy, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció un aumento del 80% en los aportes a la obra social que deben pagar los empleados de casas particulares mediante la publicación de la Resolución General 3848 en el Boletín oficial. En este artículo, el blog de noticias EconoBlog.com.ar detalla el nuevo monto de la cuota del Servicio Doméstico 2016. Al igual que se ha hecho con el Monotributo, se ha aplicado un ajuste en la obra social de los trabajadores de casas particulares. Con lo cual habrá un aumento en la cuota del servicio doméstico a partir de junio de 2016. AFIP recalcó que la suba se producirá con el fin de «mantener el debido financiamiento del […]

El día de hoy, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció un aumento del 80% en los aportes a la obra social que deben pagar los empleados de casas particulares mediante la publicación de la Resolución General 3848 en el Boletín oficial. En este artículo, el blog de noticias EconoBlog.com.ar detalla el nuevo monto de la cuota del Servicio Doméstico 2016.

Al igual que se ha hecho con el Monotributo, se ha aplicado un ajuste en la obra social de los trabajadores de casas particulares. Con lo cual habrá un aumento en la cuota del servicio doméstico a partir de junio de 2016.

AFIP recalcó que la suba se producirá con el fin de «mantener el debido financiamiento del Sistema Nacional del Seguro de Salud y del Régimen Nacional de Obras Sociales».

Los aportes de la obra social es uno de los conceptos que forma parte de la cuota. El otro se encuentra relacionado a las contribuciones, el cual permite a los trabajadores acceder a una jubilación en el futuro.

Aumento de aportes a la obra social del Servicio Doméstico

Horas trabajadas semanalmente Aporte anterior Nuevo aporte Porcentaje de aumento
Menos de 12 $19 $34 78,95%
De 12 a 16 $35 $63 80%
16 ó más $233 $419 79,82%

Monto de cuota del Servicio Doméstico 2016

Horas trabajadas semanalmente Aportes Contribuciones ART Total
Menos de 12 $34 $12 $130 $176
De 12 a 16 $63 $24 $165 $252
16 ó más $419 $35 $230 $684

Recordemos que, en caso de que preste servicios por menos de 16 horas semanales, el empelado doméstico debe efectuar un pago voluntario para acceder a la cobertura médica de la obra social y contar con una jubilación en el futuro.

Descargar la Resolución General N°3848.

72 comentarios en “AFIP: Nuevo monto de cuota del Servicio Doméstico 2016”

  1. Cuantas horas le corresponde trabajar a un empleado de tareas generales que cobra 6700 pesos y aporta 684 ?
    Como se distribuyen esas horas ? Le corresponde trabajar sábados ?

    1. Lorena la jornada laboral es de 8 diarias o 48 semanales y aportes y contribuciones no los paga todo la trabajadora

  2. He tomado una empleada (mayor de edad) para cuidado de persona mayor sin retiro, en blanco, tengo entendido por lo que he buscado en internet que el sueldo es $7835,50 y la carga social $684.- Lo que no me queda claro es cuantos días franco corresponden por semana y que parte de las cargas sociales le corresponde pagar al empleado. Espero respuesta. Muchas gracias

    1. Cecilia Ese en el mínimo, si es jubilada los aportes son menores, de los aportes y contribuciones $684.- la trabajadora paga la obra social $419.-. En la semana el franco es del sábados a las 13.00 y domingo, o bien si lo trabaja arreglas con ellas otr franco en la semana, pero tene en cuenta que desde sábado a las 13.00, domingos y feriados, si los trabaja se cobran doble

  3. Hola yo trabajo 20hs semanales en limpieza general en toda la casa y me paga 4000 por mes quiero saver si es lo correcto y si me corresponde q me pague vacaciones .Gracias

  4. Hola, trabajo en dos casas, en las dos estoy en blanco. Tengo que pagar la obra social por las dos? O sea tengo que gastar $838 por la misma cobertura que tienen las que pagan sólo $419?

  5. Tengo una empleada que trabaja màs de 16 hrs. semanales, a quien le corresponde el pago de la OS., Pues leí que le corresponde a la empleadas hacerse cargo del mismo y al empleador las contribuciones y ART . Es así?

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