Para registrar a un trabajador dependiente del servicio domestico, en la AFIP, la manera es automática. Trabajador y Empleador, deberán obtener la CUIL por las siguientes vías:
- TRABAJADOR
- En la página Web de ANSeS en el caso de empleados argentinos.
- Personalmente en las Unidades de Atención Integral (UDAI). Las personas argentinas o extranjeras (con residencia permanente): deberán llevar original y copias de la primera y segunda hoja del DNI, LC, LE y copia de la hoja del domicilio actualizado. Las personas extranjeras con residencia no permanente en el país: deberán llevar original y copia de residencia expedida por la Dirección Nacional de Migraciones (precaria o temporaria) y copia de documento extranjero que acredite identidad
- EMPLEADOR
- En la página Web de ANSeS en el caso de empleados argentinos.
- En las Unidades de Atención Integral (UDAI). Las personas argentinas o extranjeras (con residencia permanente): con el formulario PS 1.4 de ANSeS «Solicitud de CUIL» y original y copias de la primera, segunda hoja del DNI, LC, LE y copia de la hoja del domicilio actualizado. Las personas extranjeras (con residencia no permanente en el país): con formulario PS 1.2 de ANSeS «Solicitud de CUIL Provisorio», con copia de residencia (precaria o temporaria) expedida por la Dirección Nacional de Migraciones y copia de documento extranjero que acredite identidad.
Cuando se termina el trámite, se realiza el aporte con los formularios AFIP 102 Aportes y Contribuciones (volante de pago – Nuevo Modelo y 575 pagos voluntarios) (volante de pago empleados de servicio doméstico únicamente para empleados activos), en los casos que sea necesario. De esta manera el empleado queda inserto en el régimen de seguridad social y de salud. INSCRIPCION OBRA SOCIAL Una vez que se realiza el deposito el trabajador debe inscribirse personalmente en la obra social que el desee, son cuatro habilitadas por la Superintendencia de Servicios de la Salud:
Obra social |
Ámbito de cobertura |
Personal de la construcción |
Nacional |
Edificios de Renta y Horizontal de la Cap. Fed. y Gran Bs. As. |
Capital y Gran Buenos Aires |
Seguridad Comercial e Industrial OSPIP |
Todo el país excepto Córdoba |
Personal auxiliar de casas particulares |
Capital y Gran Buenos Aires |
Deberá concurrir a la obra social elegida con:
- Copia del CUIL.
- Original y copia de aporte del último mes.
- Original y copia del DNI.
- En caso de empleados extranjeros sin DNI copia de la residencia precaria o temporaria otorgada por Migraciones y copia de documento extranjero que acredite identidad.
- En caso de optar por afiliar al grupo familiar deberá abonar $ 24.40 por cada familiar y deberá acreditar en forma fehaciente el grado de parentesco:
- Original y copia de certificado de matrimonio.
- Original y copia de partida de nacimiento de los hijos.
- Certificado de Convivencia, en caso de concubinato.
- Original y copia del DNI de los familiares a cargo.
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hola graciela,quiero saber si aumentara el sueldo y si
cobramos con aumento,el minimodesde ya muchas gracia.
espero su respuesta.
sandra
Servicio domestico hasta el momento no hubo aumento
buen dia
quisiera saber si hubo alguana actualizacion, trabajo por hora, persibo $ 10 la hora, esta bien o es mas
gracias
Carmen
El mínimo $10.2
Quisiera tomar a una persona extranjera como servicio domestico, no tiene cuit, ya que le indiciaron que para poder conseguirlo primero debe presentar un precontrato y el empleador debe inscribirse en el Registro de requirentes. Yo no soy monotributista ni inscripta simplemente trabajo en relación de dependencia puedo inscribirme en el registro y hacer el precontrato y una ves que le otrorgen el cuit dar la alta como serv. domestico?
Necesito saber que tramite debo hacer para la renovaciòn del cupòn de la Obra social gracias.
Odilia
Ir a la obra social con los ultimos pagos y el recibo de cobro
soy empleada domestica y trabajo 7 horas semanales y no me paga el traslado q debo hacer .¿cuanto deveria cobrar ?si me pagan 280 pesos al mes
beatriz
traslado se paga unicamente si lo arreglastes previamente con tu empleador, no es obligatorio, 7 horas semanales deberías cobrar entre $11.- y $15 la hora