Limpieza de empleados domésticos

Servicio domestico, baja en la AFIP

Para dar la baja  a un trabajador dependiente del servicio domestico, en la AFIP, la resolución general Nº 558/1999, de la AFIP en su Anexo I, punto C «Casos especiales», prevé que los empleadores del servicio doméstico deben presentar ante la AFIP constancias de presentación de las declaraciones juradas y los comprobantes de pago respectivos de los aportes y contribuciones, correspondientes a los tres (3) últimos períodos fiscales anteriores al momento en el que se verifique el cese de actividades. En la realidad esta resolución es inaplicable ya que la declaración jurada no existe, y los empleadores no se registran ni dan alta alguna, y en la mayoría de los casos una empleada es reemplazada por otra. Tampoco es obligación […]

Para dar la baja  a un trabajador dependiente del servicio domestico, en la AFIP, la resolución general Nº 558/1999, de la AFIP en su Anexo I, punto C «Casos especiales», prevé que los empleadores del servicio doméstico deben presentar ante la AFIP constancias de presentación de las declaraciones juradas y los comprobantes de pago respectivos de los aportes y contribuciones, correspondientes a los tres (3) últimos períodos fiscales anteriores al momento en el que se verifique el cese de actividades.

En la realidad esta resolución es inaplicable ya que la declaración jurada no existe, y los empleadores no se registran ni dan alta alguna, y en la mayoría de los casos una empleada es reemplazada por otra.

Tampoco es obligación de los empleadores del servicio doméstico  llevar libros de sueldos y jornales, pero los trabajadores si tienen la obligación de tramitar la correspondiente libreta de trabajo.

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233 comentarios en “Servicio domestico, baja en la AFIP”

  1. HOla,soy empleada domestica hace 4años que trabajo, estoy en blanco, y decidi renunciar, mi pregunta es me corresponde una liquidacion? de cuanto? como tengo que hacer? y con la baja del AFIP?..
    desde ya muchas gracias!

  2. Hola graciela
    Necesito dar de baja a mi empleada domestica ya que renunció y estaba en blanco con los aportes al día. No sé que trámite debo realizar. Desde ya muchas gracias Susana

  3. Hola Graciela, quería consultarte. Si la empleada domestica trabaja por horas y está en blanco, si queda embarazada y tiene que retirarse cdo sienta que no puede con el trabajo por el cual se la contrató y haya que reemplazarla por otra persona:¿Se le debe seguir abonando la mensualidad,es decir le corresponde licencia?
    ¿Y si se le paga la mensualidad fija, con los aportes, corresponde licencia con goce?
    Espero tu respuesta, Gracias

  4. Hola Graciela, quería consultarte. Si la empleada domestica trabaja por horas y está en blanco, si queda embarazada y tiene que retirarse cdo sienta que no puede con el trabajo por el cual se la contrató y haya que reemplazarla por otra persona:¿ Se le debe seguir abonando la mensualidad,es decir le corresponde licencia?
    ¿Y si se le paga la mensualidad fija, con los aportes, corresponde licencia con goce?
    Espero tu respuesta, Gracias

  5. Graciela, muy bueno lo que haces, quiero agradecertelo.
    Mira, tengo una empleada domestica a la cual le hago los aportes previsionales ($81.75). Tiene 3 años de antiguedad, gana $1200 pesos en la mano. como le hago la liquidacion final

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