Limpieza de empleados domésticos

Servicio domestico, baja en la AFIP

Para dar la baja  a un trabajador dependiente del servicio domestico, en la AFIP, la resolución general Nº 558/1999, de la AFIP en su Anexo I, punto C «Casos especiales», prevé que los empleadores del servicio doméstico deben presentar ante la AFIP constancias de presentación de las declaraciones juradas y los comprobantes de pago respectivos de los aportes y contribuciones, correspondientes a los tres (3) últimos períodos fiscales anteriores al momento en el que se verifique el cese de actividades. En la realidad esta resolución es inaplicable ya que la declaración jurada no existe, y los empleadores no se registran ni dan alta alguna, y en la mayoría de los casos una empleada es reemplazada por otra. Tampoco es obligación […]

Para dar la baja  a un trabajador dependiente del servicio domestico, en la AFIP, la resolución general Nº 558/1999, de la AFIP en su Anexo I, punto C «Casos especiales», prevé que los empleadores del servicio doméstico deben presentar ante la AFIP constancias de presentación de las declaraciones juradas y los comprobantes de pago respectivos de los aportes y contribuciones, correspondientes a los tres (3) últimos períodos fiscales anteriores al momento en el que se verifique el cese de actividades.

En la realidad esta resolución es inaplicable ya que la declaración jurada no existe, y los empleadores no se registran ni dan alta alguna, y en la mayoría de los casos una empleada es reemplazada por otra.

Tampoco es obligación de los empleadores del servicio doméstico  llevar libros de sueldos y jornales, pero los trabajadores si tienen la obligación de tramitar la correspondiente libreta de trabajo.

233 comentarios en “Servicio domestico, baja en la AFIP”

  1. Gracielia:
    ¿como se formaliza el despido de una domestica?
    con la indemnizacion y firma de recibo correspondiente no alcanza ??

  2. Hola, tengo que dar de baja a mi empleada domestica que hace 10 dias me envio el telegrama de renuncia, donde tengo que ir y que tengo que hacer?

  3. mi empleada renuncio me mando el telegrama de renuncia y yo presente en el ministerio de trabajo la baja debo ir a anses o afip para dar de baja no tengo mas empleada

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