Limpieza de empleados domésticos

Servicio domestico, baja en la AFIP

Para dar la baja  a un trabajador dependiente del servicio domestico, en la AFIP, la resolución general Nº 558/1999, de la AFIP en su Anexo I, punto C «Casos especiales», prevé que los empleadores del servicio doméstico deben presentar ante la AFIP constancias de presentación de las declaraciones juradas y los comprobantes de pago respectivos de los aportes y contribuciones, correspondientes a los tres (3) últimos períodos fiscales anteriores al momento en el que se verifique el cese de actividades. En la realidad esta resolución es inaplicable ya que la declaración jurada no existe, y los empleadores no se registran ni dan alta alguna, y en la mayoría de los casos una empleada es reemplazada por otra. Tampoco es obligación […]

Para dar la baja  a un trabajador dependiente del servicio domestico, en la AFIP, la resolución general Nº 558/1999, de la AFIP en su Anexo I, punto C «Casos especiales», prevé que los empleadores del servicio doméstico deben presentar ante la AFIP constancias de presentación de las declaraciones juradas y los comprobantes de pago respectivos de los aportes y contribuciones, correspondientes a los tres (3) últimos períodos fiscales anteriores al momento en el que se verifique el cese de actividades.

En la realidad esta resolución es inaplicable ya que la declaración jurada no existe, y los empleadores no se registran ni dan alta alguna, y en la mayoría de los casos una empleada es reemplazada por otra.

Tampoco es obligación de los empleadores del servicio doméstico  llevar libros de sueldos y jornales, pero los trabajadores si tienen la obligación de tramitar la correspondiente libreta de trabajo.

233 comentarios en “Servicio domestico, baja en la AFIP”

  1. hola graciela queria consultarle algo mira yo trabajo en el rama textil ya un año pero x problemas de salud falte 8 dias sin avisarle y ahora decidi mandar la telegrama. solo queria saber si el me va a reconocer x los dias faltados gracias

    1. marcela

      Cuando tenes problemas de salud tenes que avisar el mismo día por si el empleador te quiere mandar medico a domicilio, no s epuede faltar 8 DIAS SIN AVISO? No te intimaron? Si estoy liquidando no te los pago

  2. Graciela te hago una consulta adicional no me envió el telegrama de renuncia que es lo que debo hacer? Gracias Verónica

    1. Veronica

      Exigile el telegrama para pagarle la diferencia o llegar al acuerdo, no recuerdo el tema, ya que voy respondiendo por orden. PREGUNTAS COMPLETAS

  3. Graciela: gracias por tu respuesta!
    Con respecto al tema de maternidad… no quisiera tener problemas… que le corresponde por el tema de la AFIP.
    Gracias!
    Maria C.

  4. Hola! Quería saber si me podían ayudar con lo siguiente: tengo una empleada domestica con cama dentro que ahora en marzo cumple 1 año… se estaba sintiendo mal y me acaba de avisar que esta embarazada. Quiero saber que opciones tengo ya que trabajo todo el día y tengo 3 ninos que los dejo con ella y en esta situación voy a tener que cambiar de empleada.Que le tengo que pagar si ya no quiero que trabaje mas en casa.
    Gracias por vuestros comentarios.
    Maria C.

    1. Maria C

      Vas a tener que llegar a un arreglo con ella en el Ministerio de Trabajo, o que te mande el telegrama de renucnia y le pagas todo. Corresponde medio sueldo, 5 dias de preaviso, vacaciones y aguinaldo proporcional

  5. Buenas Tardes Graciela, la empleada doméstica que trabajaba en mi casa renunció, le pague sueldo, SAC proporcional, vacaciones no gozadas y sac sobre vacaciones. Y me vino a reclamarme que le tengo que pagar una indemnización por el tiempo trabajado casi 5 años de medio sueldo por año. Esto es correcto? Gracias Verónica

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