Limpieza de empleados domésticos

Servicio domestico, baja en la AFIP

Para dar la baja  a un trabajador dependiente del servicio domestico, en la AFIP, la resolución general Nº 558/1999, de la AFIP en su Anexo I, punto C «Casos especiales», prevé que los empleadores del servicio doméstico deben presentar ante la AFIP constancias de presentación de las declaraciones juradas y los comprobantes de pago respectivos de los aportes y contribuciones, correspondientes a los tres (3) últimos períodos fiscales anteriores al momento en el que se verifique el cese de actividades. En la realidad esta resolución es inaplicable ya que la declaración jurada no existe, y los empleadores no se registran ni dan alta alguna, y en la mayoría de los casos una empleada es reemplazada por otra. Tampoco es obligación […]

Para dar la baja  a un trabajador dependiente del servicio domestico, en la AFIP, la resolución general Nº 558/1999, de la AFIP en su Anexo I, punto C «Casos especiales», prevé que los empleadores del servicio doméstico deben presentar ante la AFIP constancias de presentación de las declaraciones juradas y los comprobantes de pago respectivos de los aportes y contribuciones, correspondientes a los tres (3) últimos períodos fiscales anteriores al momento en el que se verifique el cese de actividades.

En la realidad esta resolución es inaplicable ya que la declaración jurada no existe, y los empleadores no se registran ni dan alta alguna, y en la mayoría de los casos una empleada es reemplazada por otra.

Tampoco es obligación de los empleadores del servicio doméstico  llevar libros de sueldos y jornales, pero los trabajadores si tienen la obligación de tramitar la correspondiente libreta de trabajo.

233 comentarios en “Servicio domestico, baja en la AFIP”

  1. Tuve una empleada doméstica a quien le hacía los aportes jubilatorios, pero dejó de trabajar. Quiero saber cómo tengo que hacer para dar la baja o si simplemente dejo de pagar
    Gracias

  2. Gracias Graciela por tu ayuda y rapida respuesta.
    Esta persona conocida ya tiene trabajo en blanco y se le depositan los aportes y contribuciones por un sueldo bruto de 5000.
    Es decir, no necesita que yo tambien le haga los aportes.
    La pregunta venia mas por el lado de si no hay problema en hacerle aportes de servicio domestico a cualquier persona, independientemente que esta sea o no empleada domestica.
    Gracias nuevamente.
    Sds.

    1. Esteban

      no hay problema pero en tu casa deben estar informados, por si viene alguna asistente social a preguntar Deben decir que trabaja

  3. Hola.
    Pregunta: mi intencion es hacer el aporte de 20$ a nombre de una conocida y hacer el f102 por $600 (por 6hs semanales a 25$/h)para poder deducirme de ganancias esta suma. Esta persona conocida puede ser cualquiera? es decir puedo hacerle este aporte a una persona que ya trabaja en relacion de dependencia y gana 5000 brutos?
    gracias
    Sds

    1. Esteban

      Ya que vas a deducir hacelo con alguíen conocida y como que trabaja en tu casa. Dale el beneficio de que le dia de mañana se pueda jubilar paga $95.- aportes completos

  4. Hola como estas?, queria hacerte una pregunta. el tema es el siguiente, yo tengo una chica que trabaja en mi casa, y esta en blanco, el tema es que ahora va a ir a trabajar con mi madre y yo tengo que darla de baja como hago??? el f102 directamente lo hago a nombre de mi madre y listo?? el vep se lo puedo generar yo con el cuil de mi madre asi se lo pago por internet?? necesitaria me orientes bien, Muchas Gracias por todo de antemano!!

    Saludos

  5. Hola Graciela, en realidad me encuntro muy angustiada te cuento:
    Tengo una empleada domestica desde el mes de junio de 2011, en quien confiaba ciegamente pero me defraudó.
    Trabajo todo el día y me di cuenta que en casa faltan muchas cosas, en homenaje a su mamá que estuvo conmigo durante cinco años y falleció en mayo, no quise hacer la denuncia.
    Quiero despedirla porque no le tengo más confianza, durante estos siete meses , se le pagaron todos los aguinaldos, gana $1250 mensuales, viene de lunes a viernes entre cuatro o cinco horas.
    Vacaciones no tuvo porque no llega al año, pero pensaba darselas en julio.
    Cómo le liquido bien para no tener problemas?
    sería sueldo, mas medio sueldo más prop. aguinaldo y vacaciones?
    por favor te pido un consejo y desde ya agradezco enormemente la ayuda que me des.
    Vale

    1. Vale

      Perdon por la tardanza en la respuesta. Trata de llegar a un acuerdo con ella y que mande el telegrama de renuncia y le das algo. Indemnización por Antiguedad tampoco le corresponde ya que no llega al 1 de antiguedad pero deciel que mande el telegrama y le das algo Entendes? 5 dís por falta de preaviso

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