Limpieza de empleados domésticos

Servicio domestico, baja en la AFIP

Para dar la baja  a un trabajador dependiente del servicio domestico, en la AFIP, la resolución general Nº 558/1999, de la AFIP en su Anexo I, punto C «Casos especiales», prevé que los empleadores del servicio doméstico deben presentar ante la AFIP constancias de presentación de las declaraciones juradas y los comprobantes de pago respectivos de los aportes y contribuciones, correspondientes a los tres (3) últimos períodos fiscales anteriores al momento en el que se verifique el cese de actividades. En la realidad esta resolución es inaplicable ya que la declaración jurada no existe, y los empleadores no se registran ni dan alta alguna, y en la mayoría de los casos una empleada es reemplazada por otra. Tampoco es obligación […]

Para dar la baja  a un trabajador dependiente del servicio domestico, en la AFIP, la resolución general Nº 558/1999, de la AFIP en su Anexo I, punto C «Casos especiales», prevé que los empleadores del servicio doméstico deben presentar ante la AFIP constancias de presentación de las declaraciones juradas y los comprobantes de pago respectivos de los aportes y contribuciones, correspondientes a los tres (3) últimos períodos fiscales anteriores al momento en el que se verifique el cese de actividades.

En la realidad esta resolución es inaplicable ya que la declaración jurada no existe, y los empleadores no se registran ni dan alta alguna, y en la mayoría de los casos una empleada es reemplazada por otra.

Tampoco es obligación de los empleadores del servicio doméstico  llevar libros de sueldos y jornales, pero los trabajadores si tienen la obligación de tramitar la correspondiente libreta de trabajo.

233 comentarios en “Servicio domestico, baja en la AFIP”

  1. hola graciela mi empleada trabaja 6 hs. por semana y quiero ponerla en blanco, cuanto tengo que pagarle y cuanto pongo en el formulario 102 y cuanto en el 575? hay que hacer algo mas? de anses me mandaron a afip! y de afip a anses! no se que hacer! desde ya mucas gracias!

  2. hola quisiera saber que debo hacer con los aportes a partir de la renuncia de una empleada domestica que presenta su telegrama de renuncia! gracias

    1. Monica

      Los aportes se los entregas a la trabajadora y vos te quedas con otra parte y la copia de los pagos. Las bajas se anotan en la libreta de trabajo. No se si entendi bien?

  3. como hago para dar de baja el formulario 102 del servicio domestico, la persona que trabajaba en casa no la necesito mas ya arregle todo le pague la indemnizacion las vac. y aguinaldo como hago?

  4. Gracias Graciela! esa era mi duda, si la obra social se perdia al no pagar, el miedo era qe se juntara alguna deuda por no darla de baja.

  5. hola, estuve trabajando como niñera en blanco por 6 meses el año pasado hasta mayo, y al renunciar no volvi a ver mas a mis patrones, queria saber si por falta de pago de mi empleador se dio de baja automaticamente la obra social o hay que hacer algun tramite,los recibos de sueldo que tengo son formulario f 102/b . gracias

    1. soledad

      Si no pagan mas aportes si perdes la obra social, no entiendo el tramite que decis? Mientras pagas tenes la obra social si no se paga a los 3 meses se pierde

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