Limpieza de empleados domésticos

Servicio domestico, baja en la AFIP

Para dar la baja  a un trabajador dependiente del servicio domestico, en la AFIP, la resolución general Nº 558/1999, de la AFIP en su Anexo I, punto C «Casos especiales», prevé que los empleadores del servicio doméstico deben presentar ante la AFIP constancias de presentación de las declaraciones juradas y los comprobantes de pago respectivos de los aportes y contribuciones, correspondientes a los tres (3) últimos períodos fiscales anteriores al momento en el que se verifique el cese de actividades. En la realidad esta resolución es inaplicable ya que la declaración jurada no existe, y los empleadores no se registran ni dan alta alguna, y en la mayoría de los casos una empleada es reemplazada por otra. Tampoco es obligación […]

Para dar la baja  a un trabajador dependiente del servicio domestico, en la AFIP, la resolución general Nº 558/1999, de la AFIP en su Anexo I, punto C «Casos especiales», prevé que los empleadores del servicio doméstico deben presentar ante la AFIP constancias de presentación de las declaraciones juradas y los comprobantes de pago respectivos de los aportes y contribuciones, correspondientes a los tres (3) últimos períodos fiscales anteriores al momento en el que se verifique el cese de actividades.

En la realidad esta resolución es inaplicable ya que la declaración jurada no existe, y los empleadores no se registran ni dan alta alguna, y en la mayoría de los casos una empleada es reemplazada por otra.

Tampoco es obligación de los empleadores del servicio doméstico  llevar libros de sueldos y jornales, pero los trabajadores si tienen la obligación de tramitar la correspondiente libreta de trabajo.

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233 comentarios en “Servicio domestico, baja en la AFIP”

  1. Hola, Graciela. Mi empleada doméstica renuncia y quería saber si me podés pasar un texto para el telegrama que me tiene que mandar, para poder darla de baja en la AFIP.
    Desde ya muchas gracias por tu atención

    1. alejandra

      Es un telegrama que manda gratuito y pone Renuncio a mi empleo de servicio domestico desde tal día. Tiene que ir al correo con DNI para mandarlo

      1. Muchas gracias por tu respuesta. Una pregunta más, para dar de baja a la empleada en la afip tengo que esperar a que llegue el telegrama o puedo hacerlo, sabiendo que ya lo mandó. Si le doy la baja antes de recibir su comunicación puede interpretarse como un despido?
        De nuevo, gracias por la información.

  2. Graciela,tenemos el caso de una clienta que tiene la empleadas desde el 2013 y quieren regularizar la situación. Deberiamos darle el alta a la fecha actual y regularizar los pagos retroactivos?
    O como deberiamos proceder?

    1. MARIANA

      Si lo que pasa que actualmente no existe posibilidad de un plan de pago para servicio domestico, lo que te puedo decir es que vaya pagando dos meses o si puede mas mas, por ejemplo paga septiembre 2015 y agosto 2015 y el próximo mes octubre y julio y así sucesivamente hasta que sale algun plan entendistes?

  3. Hola, consulta. Yo tenia una empleada domestica. Su ultimo mes fue el 3/2014. Pagado los aportes. Nunca mas trabajo pero resulta que la persona que me llevaba estas cosas nunca dio el la baja en el sistema de afip. Mi consulta es puedo dar de baja ahora sin pagar todos estos meses ? ( veo que me deja poner fecha de cese hasta el 1/2014 ) tengo que pagar algo? . Gracias

  4. Hola, queria saber si me pueden ayudar. Tengo una empleada desde Mayo de 2014, siempre pague los aportes con el 102b y luego con el 102rt, pero nunca registramos la relacion en la pagina de la Afip, nos dijeron que al pagar se generaba automaticamente. El tema es que ahora le quiero dar la baja por renuncia, tengo el telegrama y el F1350, pero al tratar de generar el Vep me da un error porque no esta registrada la baja en Afip. Que puedo hacer? Le entrego el formulario y listo? la doy de alta y baja a la vez? No se que hacer.
    Agradeceré mucho su consejo.
    Cordiales saludos.

    1. FAcundo

      Vas a tener que dar el alta y luego la baja, pero sabe que la AFIP puede multarte por no haber dado el alta a tiempo

  5. Buenas noches, mi pregunta es la siguiente: mi empleada domestica que trabaja 24 hs. semanales, me pide que le de de baja en la obra social que le pago ya que su marido la tiene desde hace mucho en Osprera y ahora de esa obra social le dieron de baja pero ella quiere seguir ahi con Osprera , como hacemos para darle de baja en la domestica y que siga en la obra social de su marido ? muchas gracias ! Gustavo

    1. Gustavo

      El trámite en la obra social lo tiene que hacer la trabajadora, cuando la anotastes ella debía ir a la obra social de su marido y mostrar los aportes, solo se puede cambiar una vez por año,no decis cuanto hace que la blanqueastes Servicio Domestico es obligatorio el pago de una obra social, el trabajador elige cual y va para que la AFIP derive los aportes allí

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