Según ya hemos publicado en el sitio a partir del mes de Marzo de 2008 las remuneraciones mínimas del personal de servicio domestico recibirá un incremento de sueldos, recordemos que las remuneraciones mínimas del personal están divididas por categoría, y estas dependen de las funciones que realizasen los empleados, la confianza, el desempaño y la especialidad en el trabajo, los mismos se verán incrementados de la siguiente manera:
CATEGORÍA | ACTIVIDAD DESARROLLADA | Sueldo hasta Febrero/08 | A partir Marzo/08 |
PRIMERA | institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses | $ 1021.- | $ 1114.- |
PRIMERA | cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares. | $ 947.- | $ 1024.- |
TERCERA | cocineros/as, mucamos/as y niñeras en general, auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, jardineros y caseros. | $ 925.- | $ 1010.- |
CUARTA | Aprendices en general de 14 a 17 años de edad | $ 830.- | $ 906.- |
Personal con retiro que trabaja diariamente 8 o más horas diarias | |||
QUINTA | todo el personal con retiro | $ 830.- | $ 906.- |
Personal que trabaja 4 horas diarias. | Cada hora que exceda de las 4 horas se incrementará el jornal horario | Por hora | |
hasta Febrero/08 | $ 415.- | $6.30 | $6.30 |
Marzo/08 | $ 453.- | $6.90 | $6.90 |
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Hola Veronica:
Que queres bajarle el sueldo? no se puede hacer. Yo considero que si una persona trabaja haciendo tareas y ademas cuida un bebe tiene la categoría de niñera especializada, otros consideran que si es con retiro no corresponde la categoria 3ra. ni 4ta. son distintas formas de ver las cosas. Igual esto es el sueldo MINIMO
gracias
Hola Graciela,
Tengo una empleada domestica que trabaja con retiro mas de 8 hs diarias, teniendo a cargo el cuidado de un bebe y mantiene el orden da la casa.
1-La anote en su momento bajo la categoria 5ta. Esto correcto esto o debo cambiarla a 3ra categoria?
2- Que diferencia hay entre niñera en gral. y especializada?
Desde ya muchas gracias! Vero
Hola CECILIA:
Cuantas horas y dias va a trabajar para vos?
gracias
HOLA GRACIELA.
QUIERO CONTRATAR A UNA SEÑORA QUE TIENE UN QUIOSCO Y ES MONOTRIBUTISTA. ME PIDE QUE NO REALICE APORTES Y QUE ESE DINERO SE LO OTORGUE A ELLA. QUE DEBO HACER, PEDIRLE QUE ME FACTURE ?
Hola Alejandra:
no el servicio domestico no s erige por la Ley de Contrato Laboral sino por un Decreto Ley Nº 326/56 tengo publicados varios articulos e incluso una guia pratica que te puede ayudar en mucho puntos.
gracias