La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) se encarga de retener de forma mensual el 20% de la prestación que cobran las futuras madres que no tienen Obra Social y cuentan con ingresos menores al Salario Mínimo, Vital y Móvil. En este artículo, la página EconoBlog.com.ar detalla la documentación requerida para cobrar lo retenido en la Asignación por Embarazo.
Las mujeres embarazadas que no tengan cobertura médica de una obra social y cuyo grupo familiar cuente con ingresos mensuales menores al Salario Mínimo Vital y Móvil ($6060) tienen la oportunidad de tramitar el cobro de la Asignación por Embarazo para la Protección Social en ANSeS. Para hacerlo es necesario sacar un turno por Internet mediante la página web del organismo previsional o por teléfono llamando al 130; y presentar el Documento Nacional de Identidad (DNI) y la constancia de inscripción al Plan Nacer del Ministerio de Salud de la Nación.
Este beneficio es pagado a las personas desempleadas, a los trabajadoras por temporada con reserva de puesto, al personal doméstico, a los Monotributistas Sociales y a los empleados en negro.
Solamente se admite que cuenten con obra social las mujeres inscriptas en el Monotributo Social, las trabajadoras de temporada con reserva de puesto y las empleadas domésticas.
Actualmente, el monto de la prestaciones de $966. Dicho importe es pagado en un 80% ($772,80) de forma directa y el 20% restante ($193,20) es retenido a la espera de que se produzca el nacimiento o la interrupción del estado de embarazo.
Una vez ocurrido el nacimiento o la interrupción del embarazo, la beneficiaria puede debe solicitar el cobro de lo retenido en la Asignación por Embarazo presentando su DNI, inscripción al Plan Nacer y Partida de Nacimiento o Certificado de Defunción/Interrupción. Una vez cumplida dicha presentación, ANSES tarda entre 60 y 90 días en librar el pago retenido.
El monto a cobrar varía dependiendo del importe que se haya retenido a lo largo de todo el embarazo, lo cual varía cada mes debido a los dos aumentos anuales de las Asignaciones Familiares previstos por la Ley de Movilidad.
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Hola si yo tramito los papeles ahora que estoy de 7 meses podre cobrar desde el mes que se empieza a cobrar (tres meses)?
Valeria NO, cobras desde que presentas y es aceptado y hasta que nace el bebe
hola tengo 12 semanas y tengo obra social de mi pareja puedo cobrar la asiganacion por embarazo??
Vanesa si tu pareja trabaja, tiene que tramitar para cobrar PRENATAL por SUAF
hola quisiera saber si puedo cobrar la asignacion por embarazo presente el formulario en abril y estoy cobrando asignacion universal x 5 hijos
Hola una pregunta yo entro ahora de 8 meses podre entregar el formulario x embarazo
Gimena poder podes pero entre que completas certificado, sacas turno y lo presentas seguro ya nace tu bebe y te pagan desde que lo presentas y es aceptado y hasta que nace el bebe
Hola yo presente los papeles para asignacion por embarazo en febrero con tres meses y medio d embarazo. Y recien este mes cobre y me salio solo un mes q es 772 pesos… esta bien eso? No tendria q salirme varios mese? Y mi bb ya nació. Q debo hacer es una burla lo q cobre..😠
Mi bebe ya nacio pero cuando cobre lo del embarazo el primer pago fue de $2800 y lo cobre cuando estaba de 7 meses y medio me pagaron todo junto mas los meses que me correspondian. Te pagaron mal tenes que reclamar