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Devolución del IVA a compras con tarjetas de débito

El Ministerio de Hacienda y Finanzas, mediante la publicación de la Resolución 153 en el Boletín Oficial, ha otorgado una prórroga a la devolución del IVA a compras con tarjetas de débito hasta el 31 de diciembre de 2016. El reintegro del Impuesto al Valor Agregado a los compradores que utilicen dicho medio de pago está vigente desde el mes de noviembre de 2001 fomentando el consumo nacional. El Gobierno Nacional decidió extender la devolución del 5% del IVA para las compras pagadas con tarjetas de débito. De esta forma se busca incentivar el consumo interno al mismo tiempo que se fomenta la utilización de medios electrónicos de pago. El reintegro del IVA fue establecido el 1° de noviembre de […]

El Ministerio de Hacienda y Finanzas, mediante la publicación de la Resolución 153 en el Boletín Oficial, ha otorgado una prórroga a la devolución del IVA a compras con tarjetas de débito hasta el 31 de diciembre de 2016. El reintegro del Impuesto al Valor Agregado a los compradores que utilicen dicho medio de pago está vigente desde el mes de noviembre de 2001 fomentando el consumo nacional.

El Gobierno Nacional decidió extender la devolución del 5% del IVA para las compras pagadas con tarjetas de débito. De esta forma se busca incentivar el consumo interno al mismo tiempo que se fomenta la utilización de medios electrónicos de pago.

El reintegro del IVA fue establecido el 1° de noviembre de 2001 mediante la publicación del Decreto N° 1387. La primera vez que el actual Gobierno ha prorrogado esta medida fue en diciembre de 2015 expandiendo su vigencia hasta el 30 de abril de 2016.

La administración del Presidente Mauricio Macri ha expresado en reiteradas oportunidades su deseo de crezca la utilización de medios electrónicos, lo cual permitirá a nuestro país estar cada vez más cerca del futuro inmediato.

Es muy importante tener en cuenta que el reintegro se tarta del 5% sobre el importe del Impuesto al Valor Agregado, el cual es del 21% o del 10,5% dependiendo del tipo de bien.

Bajar Resolución 153/2016 (Archivo en formato PDF que requiere el Adobe Acrobat Reader).

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