El viernes pasado, mediante la publicación de la Resolución 2/2016, el Gobierno Nacional ha oficializado el aumento del piso salarial, el cual se aplicará en tres tramos y tendrá vigencia hasta el 31 de mayo de 2017. Tal como acordaron los representantes de los trabajadores y empresarios, el nuevo Salario Mínimo Vital y Móvil será de $6810 en junio de 2016, de $7560 en septiembre y de $8060 en enero de 2017.
El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil ha decidido aplicar un incremento del 33% del sueldo mínimo que puede cobrar un empleado en relación de dependencia que no esté comprendido por un sindicato. Dicha suba se aplicará de forma escalonada de acuerdo al siguiente esquema:
Desde el 1° de | Personal Mensualizado | Personal Jornalizado (por hora) |
Junio de 2016 | $6810 | $34,05 |
Septiembre de 2016 | $7560 | $37,80 |
Enero de 2017 | $8060 | $40,30 |
Tal como se indica en la Resolución 2 que publicó el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) el 20 de mayo de 2016, este salario debe aplicarse a los trabajadores que desempeñen tareas por el Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias; los de la Administración Pública Nacional; y los que tengan como empleador a todas las entidades y organismos del Estado Nacional.
Además, el Consejo ha establecido un nuevo monto mínimo y máximo para el Seguro de Desempleo. Estos nuevos importes son de 1875 y 3000 pesos, respectivamente.
Bajar la Resolución 2/2016 en formato PDF.
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