Hemos recibido muchas consultas de usuarios que desean saber cuánto cobran por lo retenido en la Asignación Universal por Hijo (AUH). El pago que realiza ANSES a los beneficiarios de dicha prestación una vez que presentan la Libreta o el Formulario PS 1.47, habiendo solicitado un turno previo mediante www.anses.gob.ar, consiste en el monto que se les ha retenido cada mes.
El pago de la Asignación Universal por Hijo se realiza en un 80% cada mes y se retiene un 20% a la espera de que el titular del beneficio cumpla con la presentación de la Libreta de Seguridad Social, Salud y Educación o del Formulario PS 1.47, el cual se puede bajar al pie de este artículo, demostrando que el niño cumplió con las vacunas, los controles médicos y la asistencia a clases. En caso de que el menor no asista a un establecimiento educativo por tener menos de la edad requerida para hacerlo es obligatorio igualmente presentar el mencionado documento sin la sección de escolaridad.
La Libreta o el F. PS 1.47 es completado por las autoridades de la escuela en la que asiste a clases y por el hospital o centro de salud en el cual es atendido.
Es necesario solicitar un turno en ANSES para presentar el Formulario Libreta. Esto se puede hacer de las siguientes formas:
- Por teléfono comunicándose al 130.
- Por Internet ingresando a la página web www.anses.gob.ar; pulsando en «Turnos online», «Solicitar turno» y «Asignación Universal por Hijo»; y completando los datos requeridos por el sistema.
- Por mensaje de texto enviando un SMS al 26373 con el texto «TURNO (espacio) LIBRETA (espacio) NÚMERO DE CUIL DEL TITULAR».
Una vez efectuada la presentación, ANSES tarda entre 2 y 6 meses en efectuar el pago de lo retenido a la AUH. A partir de los 90 días, el beneficiario tiene la oportunidad de realizar un reclamo en la oficina del organismo previsional más cercana a su hogar.
El monto retenido a cobrar consiste en la sumatoria de todo lo que se ha retenido a lo largo del año anterior. En caso de haber cobrado todos los meses de 2015, el importe consiste en la sumatoria de 128 pesos que se retuvieron de enero a mayo y de 167 pesos que se ha retenido de junio a diciembre; lo cual consiste en un total de 1809 pesos.
Es importante tener en cuenta que si la persona no realiza la presentación de la Libreta de la Asignación Universal por Hijo pierde el derecho a cobrar lo retenido. Además, una vez que cumpla el requisito y se le reactiven los pagos no podrá solicitar un pago retroactivo por los meses que no ha cobrado.
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Ami sólo m pagaron 900pesos el año pasado entre la retención y la asignación. .cuánto sería el monto q tenía q cobrar??
Carola El articulo te dice los montos retenido según los meses cobrados por vos durante el año 2015, cuando comenzaste a cobrar la UH
Buenas tardes!
Tengo una consulta..
Presente la libreta en marzo cobre el retroactivo correspondiente de la asignacion universal,cuando tendria que volver a presentar la libreta en Anses,a fin de año o principios del que viene?
Gracias!
Tamara Marzo nuevamente si ANSES no anuncia otra cosa
Hola yo comense a cobrar la asignación en febrero de este año y presente la libreta en mayo de este año cuando cobraría lo retenido..?
sofia La libreta se presenta al año de estar cobrando, para cobrar lo retenido del año anterior, si comenzaste a cobrar en febrero 2016, recién cuando presentes en febrero 2017 te van a a pagar lo retenido de lo cobrado desde febrero y hasta diciembre de 2016
Hola yo queria saber si cuando se cobra el retroactivo se cobra lo qye corresponde a ese mes tambien, osea los 1809 mas los 773 de ese mes en el q cobro???
Jesica Es RETENIDO no retroactivo y si te pagan retenido mas mes, el monto de lo retenido depende de los meses que hayas cobrado durante el año 2015
Hola yo cobro la auh desde abril pero ahora consegui trabajo y es en blanco. Quería saber como seguiré cobrando la asignación si me lo siguen depositando en la tarjeta de anses o automáticamente pasa a mi cuenta del banco en el que me depositan el sueldo. Tengo que hacer algún tramite?
Leila conviene que hagas el tramite con copia a tu empleador (sacar turno sesión Asignaciones Familiares, Tramites Trabajadores SUAF) y que lleves a ANSES el CBU de tu cuenta sueldo