Estos días estamos recibiendo varias mensajes de usuarios que desean saber si les corresponde el cobro del aguinaldo por el Fondo de Desempleo. Por lo cual decidimos publicar este artículo para aclarar que los trabajadores en relación de dependencia que fueron despedidos y que cobran dicha prestación de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) no tienen derecho a cobrar el Sueldo Anual Complementario.
En junio de 2016, ANSES efectúa el pago del medio aguinaldo a los jubilados y pensionados del Sistema Integrado Provisional Argentino (SIPA) y a los titulares de Pensiones no Contributivas (PNC) del Ministerio de Desarrollo Social. Esto genera algunas confusiones en los beneficiarios del Fondo de Desempleo, quienes no cobrarán un sueldo anual complementario por dicha prestación.
Los empleados en relación de dependencia que son despedidos sin justa causa pueden tramitar el cobro del Fondo de Desempleo dentro de los 90 días hábiles siguientes al cese laboral. En caso de tardar más tiempo se descuenta un día de prestación por cada día hábil. Para efectuar el trámite es necesario sacar un turno en ANSES, lo cual se puede realizar siguiendo los pasos detallados AQUÍ.
La cantidad de meses que se cobra esta prestación varía dependiendo de los aportes que se hayan efectuado a lo largo del empleo de acuerdo al siguiente esquema:
Antigüedad en meses | Cuotas | |
6 a 11 | 2 | |
12 a 23 | 4 | |
24 a 35 | 8 | A partir de la cuota 5 se paga el 85% de la primera cuota. |
Más de 35 | 12 | Desde la cuota 5 a la 8 se paga el 85% y desde la 9 el 70%. |
Al momento de la liquidación se suman 6 cuotas extras si el solicitante tiene 45 años o cumple dicha edad a lo largo del cobro de la prestación. El monto de las mismas es del 70% de lo cobrado el primer mes.
Cabe señalar que cronograma con las fechas de cobro del Seguro de Desempleo en junio de 2016 es el siguiente:
Fecha de cobro | Plan | Finalización del DNI |
08 de junio | 1 Mayo | Todas (No realizadas anteriormente) |
24 de junio | 1 Junio | 0 y 1 |
27 de junio | 1 Junio | 2 y 3 |
28 de junio | 1 Junio | 4 y 5 |
29 de junio | 1 Junio | 6 y 7 |
30 de junio | 1 Junio | 8 y 9 |
05 de julio | 2 y 3 Junio | Todas |
12 de julio | 1 Junio | Todas (No realizadas anteriormente) |
El dinero podrá ser retirado por los beneficiarios hasta el 12 de julio de 2016.
Recordemos que el monto del Seguro de Desempleo fue aumentado el mes pasado por el Consejo del Salario Mínimo Vital y Móvil. Con dicha actualización, el valor mínimo se elevó de 250 a 1875 pesos y el máximo de 400 a 3000 pesos.
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Hola buenas noches puedo cobrar el fondo de desempleo por cajero electrónico.
Claudio, si te asignaron un banco como lugar de cobro, sí. Sino tendrías que pedir un cambio en la boca de pago en ANSES.
Hola quisiera saber si cobro fondo de desempleo cobro ayuda escolar
Vanina si el año pasado acreditaste escolaridad si te la pagan
HOLA, LOS QUE COBRAMOS EL SUBSIDIO POR DESEMPLEO, NOS VAN A PAGAR EL BONO DE FIN DE AÑO ? GRACIAS !!!
NO
si cobro fondo de desempleo me corresponde bono fin de año
Hola estoy cobrando el desempleo otorgaron 4 cuotas pero no consigo trabajo tengo 43 años vivo san francisco cordoba esta dificil la cosa puedo renovarlo si no consigo trabajo