En el Ministerio de Trabajo la Federación Única de Viajantes de Comercio (FUVA) firmó con las cámaras empresariales del sector un Acuerdo Extraordinario. En el mismo se fijó el pago de una suma no remunerativa de 2500 pesos a los viajantes de comercio. Dicha gratificación deberá ser abonada por los empleadores a sus dependientes junto con la remuneración de julio de 2016.
La Asociación Viajantes Vendedores de la Argentina de Industria Comercio y Servicios, la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME), la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) y la Confederación General de Comercio y Servicios de la República Argentina han firmado un Acuerdo Extraordinario para los trabajadores viajantes excluidos y aquellos comprendidos en el Artículo 16 bis del Contrato Colectivo de Trabajo 308/75.
En el acuerdo se estipuló el pago de una suma no remunerativa de $2.500 con el sueldo del mes de julio de 2016. Dicha gratificación extraordinaria será pagada por única vez.
Esta gratificación no representa un adelantamiento ni la reapertura de las negociaciones paritarias.
Bajar el Acuerdo Extraordinario del CCT 308/75 en formato PDF (Requiere el Adobe Acrobat Reader).
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