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Aumento Empleados de Comercio interpretación

Ayer se firmo un acta acuerdo del aumento salarial de los empleados de comercio entre el asesor del Ministro de Trabajo, Dr. Jorge Ariel Schuster  y  representantes de la Federación Argentina de Empleados de comercio y Servicios, F.A.E.C.y .S. entre ellos el Sr. Armando O. Cavalieri y acordaron entre otras cosas el aumento para el personal adheridos al convenio  de los Empleados de Comercio: Aumento en los salarios del  20% sobre las remuneraciones, escalonado:  8% a partir del mes de abril de 2008  6% a partir del mes de julio de 2008  6% a partir del mes de septiembre de 2008 Abril y Mayo será liquidado: Nuevas planillas de Básicos (actuales mas el 23% No remunerativo que ya venían cobrando desde Junio/2007) […]

Ayer se firmo un acta acuerdo del aumento salarial de los empleados de comercio entre el asesor del Ministro de Trabajo, Dr. Jorge Ariel Schuster  y  representantes de la Federación Argentina de Empleados de comercio y Servicios, F.A.E.C.y .S. entre ellos el Sr. Armando O. Cavalieri y acordaron entre otras cosas el aumento para el personal adheridos al convenio  de los Empleados de Comercio:

Aumento en los salarios del  20% sobre las remuneraciones, escalonado:

 8% a partir del mes de abril de 2008
 6% a partir del mes de julio de 2008
 6% a partir del mes de septiembre de 2008

  1. Abril y Mayo será liquidado:
  • Nuevas planillas de Básicos (actuales mas el 23% No remunerativo que ya venían cobrando desde Junio/2007)  más un 8%  no remunerativo.
  • $100.- que se venían cobrando desde enero  2008

    2.  Junio se liquidará con nuevas planillas de básicos (modificación de la antiguedad) y además se pagará un adicional no remunerativo igual al 25% de lo cobrado por este aumento o sea los $100.- más el 8%.

    3.  Julio y Agosto básicos de la nueva planilla y al 8% se incrementa el 6% no remunerativo

    4. Septiembre igual que agosto pero se  incrementa al 8 y 6% un 6% mas no remunerativo

    5.  Octubre y noviembre igual que septiembre

    6. Diciembre igual pero se paga un adicional no remunerativo igual al 50% de lo cobrado por este aumento (todos los conceptos cobrados desde julio a diciembre no remunerativos).

Se continuara cobrando igual hasta el mes de abril de 2009, fecha que el incremento tendrá carácter salarial remunerativo, esto que se firmo es un acta hay que esperar que se homologue y publique el acuerdo, aunque el Ministerio en su artículo octavo dice que se debe pagar igual.

260 comentarios en “Aumento Empleados de Comercio interpretación”

  1. Hola Valeria:

    Yo considero que si te estan pagando por encima de los basicos de convenio ellos pueden no darte el aumento sobre los basicos, pero la parte no remunerativa como es en este caso si te la tienen que pagar y en abril/2009 cuando estos aumentos pasen al basico lo pueden absorver, y poner el basico que da el convenio, igual la antiguedad corresponde que a partir de junio la paguen en rubro separado.
    Este es lo que yo creo, puedo equivocarme.

    gracias

  2. hola, mi consulta es si el aumento es para todos los empleados de comercio, ya que en mi empresa dijeron que como los basicos estaban por arriba de los minimos no tenian que aplicar el aumento. esto es asi?, estuve averiguando por otros lados y me dijeron que igual tenian que darlo, al margen de que ellos decidan poner otros basicos.
    saludos y gracias de ante mano.

  3. hola graciela, mi pregunta es si a mi abuelo que es jubilado como empleado de comercio le corresponde la movilidad del 82% del caso badaro, para hacer el reclamo correspondiente ante el anses. muchas gracias

  4. Hola Gabriel:

    El sueldo es muy personal, no se puede decir un sueldo si no se ve el lugar de trabajo, depende de muchos factores, no solo de la tarea.
    gracias

Los comentarios están cerrados.

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