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Aumento Empleados de Comercio interpretación

Ayer se firmo un acta acuerdo del aumento salarial de los empleados de comercio entre el asesor del Ministro de Trabajo, Dr. Jorge Ariel Schuster  y  representantes de la Federación Argentina de Empleados de comercio y Servicios, F.A.E.C.y .S. entre ellos el Sr. Armando O. Cavalieri y acordaron entre otras cosas el aumento para el personal adheridos al convenio  de los Empleados de Comercio: Aumento en los salarios del  20% sobre las remuneraciones, escalonado:  8% a partir del mes de abril de 2008  6% a partir del mes de julio de 2008  6% a partir del mes de septiembre de 2008 Abril y Mayo será liquidado: Nuevas planillas de Básicos (actuales mas el 23% No remunerativo que ya venían cobrando desde Junio/2007) […]

Ayer se firmo un acta acuerdo del aumento salarial de los empleados de comercio entre el asesor del Ministro de Trabajo, Dr. Jorge Ariel Schuster  y  representantes de la Federación Argentina de Empleados de comercio y Servicios, F.A.E.C.y .S. entre ellos el Sr. Armando O. Cavalieri y acordaron entre otras cosas el aumento para el personal adheridos al convenio  de los Empleados de Comercio:

Aumento en los salarios del  20% sobre las remuneraciones, escalonado:

 8% a partir del mes de abril de 2008
 6% a partir del mes de julio de 2008
 6% a partir del mes de septiembre de 2008

  1. Abril y Mayo será liquidado:
  • Nuevas planillas de Básicos (actuales mas el 23% No remunerativo que ya venían cobrando desde Junio/2007)  más un 8%  no remunerativo.
  • $100.- que se venían cobrando desde enero  2008

    2.  Junio se liquidará con nuevas planillas de básicos (modificación de la antiguedad) y además se pagará un adicional no remunerativo igual al 25% de lo cobrado por este aumento o sea los $100.- más el 8%.

    3.  Julio y Agosto básicos de la nueva planilla y al 8% se incrementa el 6% no remunerativo

    4. Septiembre igual que agosto pero se  incrementa al 8 y 6% un 6% mas no remunerativo

    5.  Octubre y noviembre igual que septiembre

    6. Diciembre igual pero se paga un adicional no remunerativo igual al 50% de lo cobrado por este aumento (todos los conceptos cobrados desde julio a diciembre no remunerativos).

Se continuara cobrando igual hasta el mes de abril de 2009, fecha que el incremento tendrá carácter salarial remunerativo, esto que se firmo es un acta hay que esperar que se homologue y publique el acuerdo, aunque el Ministerio en su artículo octavo dice que se debe pagar igual.

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260 comentarios en “Aumento Empleados de Comercio interpretación”

  1. hola graciela
    trabajo en un estudio y te hago la siguiente consulta
    hay jurisprudencia sobre jornada laboral que indica que no se deben pagar horas extras si no se cumplen 8 horas diarias o 48 hs semanales
    Si un empleado trabaja de 8 a 12 y 16 a 20 de lunes a sabados, las cuatro horas del sabado a la tarde son extras por trabajar despues de las 13hs? vos que me recomendas?
    gracias

  2. Graciela: mi primer pregunta es si trabajando en una empresa que presta servicios a las petroleras corresponde que me encuentre encuadrada en el convenio de comercio, ya que el resto del personal figura como petrolero.
    en cuanto a la categoria figura administrativo «A» auxiliar de tareas generales de oficina y entre en mayo de 2007 con un basico de 1074 (1217, sumando presentismo, zona)
    En concreto mi duda mas grande es por el accidente de la art que me lo liquidaron solo un mes (en mayo, como ajuste de abril). Mi horario de trabajo es de lunes a viernes de 8:30 a 16:30, es decir 40 hs semanales.
    En la planilla que figura en la pagina no se encuentran los conceptos de zona que se manejan en Neuquen, el calculo de los conceptos de aumento no remunerativos se hacen sobre eso tambien????? lo que se paga de zona es un 5% del basico (como concepto remunerativo) y un acuerdo no remunerativo de diciembre de 2006 de $100. aH me olvidaba cobro salario por una hija.
    espero que con estos datos mas los anteriores puedas darme una respuesta… muchas gracias…

  3. Hola Jimena:

    Para que te pueda contestar tenes que ponerme bien tu categoría, convenio,conceptos de pago, horas trabajadas reales, horas trabajadas segun planilla horario, etc.

    todos los datos para poder hacer una liquidación.

    gracias

  4. mi consulta es la siguiente; trabajo como administrativa en una empresa que presta servicios a las empresa petroleras yo queria saber si corresponde este convenio o no y ademas como debe ser mi sueldo en comercio ya que aca se cobra el 5% de zona y $150 fijos por un acuerdo tambien por zona.
    ademas de esto querìa saber como se me debio liquidar ya que estube abril, mayo, y 12 dias de junio con licencia por art y se me liquido un proporcional de hs extras en 1 solo de los meses ($159.40). en el ultimo recibo de sueldo tengo el basico de 1319 en el ultimo recibo pero resulta que en abril figuro 1333 y en mayo 1440, realmente ya no entiendo como es que se me esta liquidando….
    gracias

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