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Aumento Empleados de Comercio interpretación

Ayer se firmo un acta acuerdo del aumento salarial de los empleados de comercio entre el asesor del Ministro de Trabajo, Dr. Jorge Ariel Schuster  y  representantes de la Federación Argentina de Empleados de comercio y Servicios, F.A.E.C.y .S. entre ellos el Sr. Armando O. Cavalieri y acordaron entre otras cosas el aumento para el personal adheridos al convenio  de los Empleados de Comercio: Aumento en los salarios del  20% sobre las remuneraciones, escalonado:  8% a partir del mes de abril de 2008  6% a partir del mes de julio de 2008  6% a partir del mes de septiembre de 2008 Abril y Mayo será liquidado: Nuevas planillas de Básicos (actuales mas el 23% No remunerativo que ya venían cobrando desde Junio/2007) […]

Ayer se firmo un acta acuerdo del aumento salarial de los empleados de comercio entre el asesor del Ministro de Trabajo, Dr. Jorge Ariel Schuster  y  representantes de la Federación Argentina de Empleados de comercio y Servicios, F.A.E.C.y .S. entre ellos el Sr. Armando O. Cavalieri y acordaron entre otras cosas el aumento para el personal adheridos al convenio  de los Empleados de Comercio:

Aumento en los salarios del  20% sobre las remuneraciones, escalonado:

 8% a partir del mes de abril de 2008
 6% a partir del mes de julio de 2008
 6% a partir del mes de septiembre de 2008

  1. Abril y Mayo será liquidado:
  • Nuevas planillas de Básicos (actuales mas el 23% No remunerativo que ya venían cobrando desde Junio/2007)  más un 8%  no remunerativo.
  • $100.- que se venían cobrando desde enero  2008

    2.  Junio se liquidará con nuevas planillas de básicos (modificación de la antiguedad) y además se pagará un adicional no remunerativo igual al 25% de lo cobrado por este aumento o sea los $100.- más el 8%.

    3.  Julio y Agosto básicos de la nueva planilla y al 8% se incrementa el 6% no remunerativo

    4. Septiembre igual que agosto pero se  incrementa al 8 y 6% un 6% mas no remunerativo

    5.  Octubre y noviembre igual que septiembre

    6. Diciembre igual pero se paga un adicional no remunerativo igual al 50% de lo cobrado por este aumento (todos los conceptos cobrados desde julio a diciembre no remunerativos).

Se continuara cobrando igual hasta el mes de abril de 2009, fecha que el incremento tendrá carácter salarial remunerativo, esto que se firmo es un acta hay que esperar que se homologue y publique el acuerdo, aunque el Ministerio en su artículo octavo dice que se debe pagar igual.

260 comentarios en “Aumento Empleados de Comercio interpretación”

  1. Hola contable:

    Si te fijas bien ya arregle el articulo y en abril y mayo esta aclarado que se usa las nuevas tablas publicadas en la pagina del sindicato.

    muchas gracias

  2. Graciela. Hoy llame a Faecys, me dijeron que el 23% ya se aplica en abril. Me gustaria saber en que te basas para afirmar lo contrario? Si lo leiste de algun informe o algo.???

  3. Hola Florencia:

    El calculo es 1333.37/200*132(cantidad de horas trabajadas)= $880.44. Hoy publique en le sitio una planilla
    de calculo, trata de bajarla a tu compu, y usarla, luego contame si te fue de utilidad o tengo que modificar algo, en junio cuando nuevamente haya cambios, voy a tratar de subir otra actualizada

    gracias

  4. Hola Graciela!Ingrese a la pagina de osecac (sind.de comercio)que es mi actual sindicato, pero en ningun lado figura cual será el nuevo básico por jornada reducida, en mi caso de 6hs. Podria informarmelo vos?
    Gracias!

  5. Hola Florencia:

    Tenes qu ecopiar el basico de la planilla de osecac, pero si tenes jornada reducida, el que te corresponda, fijate que SINDICATO la planilla te calcula el 2% al costado dice 1% luego lo arreglo

Los comentarios están cerrados.

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