Ayer se firmo un acta acuerdo del aumento salarial de los empleados de comercio entre el asesor del Ministro de Trabajo, Dr. Jorge Ariel Schuster y representantes de la Federación Argentina de Empleados de comercio y Servicios, F.A.E.C.y .S. entre ellos el Sr. Armando O. Cavalieri y acordaron entre otras cosas el aumento para el personal adheridos al convenio de los Empleados de Comercio:
Aumento en los salarios del 20% sobre las remuneraciones, escalonado:
8% a partir del mes de abril de 2008
6% a partir del mes de julio de 2008
6% a partir del mes de septiembre de 2008
- Abril y Mayo será liquidado:
- Nuevas planillas de Básicos (actuales mas el 23% No remunerativo que ya venían cobrando desde Junio/2007) más un 8% no remunerativo.
- $100.- que se venían cobrando desde enero 2008
2. Junio se liquidará con nuevas planillas de básicos (modificación de la antiguedad) y además se pagará un adicional no remunerativo igual al 25% de lo cobrado por este aumento o sea los $100.- más el 8%.
3. Julio y Agosto básicos de la nueva planilla y al 8% se incrementa el 6% no remunerativo
4. Septiembre igual que agosto pero se incrementa al 8 y 6% un 6% mas no remunerativo
5. Octubre y noviembre igual que septiembre
6. Diciembre igual pero se paga un adicional no remunerativo igual al 50% de lo cobrado por este aumento (todos los conceptos cobrados desde julio a diciembre no remunerativos).
Se continuara cobrando igual hasta el mes de abril de 2009, fecha que el incremento tendrá carácter salarial remunerativo, esto que se firmo es un acta hay que esperar que se homologue y publique el acuerdo, aunque el Ministerio en su artículo octavo dice que se debe pagar igual.
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Hoal Eva:
Los $100.- es solo para el personal que corresponde al convenio, los que estan afuera queda en el empleador de darselos o no, generalmente los empleadores lo pagan a todos el personal, con distinta denominación a los que estan fuera d eocnvenio, pero depende de ellos.
la pagina que podes ver los convenio aunque no estan todos, pero podes preguntar en el ministerio de trabajo, la pagina es http://www.trabajo.gba.gov.ar/convenios/convenios.asp
muchas gracias
Hola Graciela
Gracias por tu rpta. Cómo se procede en los casos donde uno está fuera de covenio? Por ejemplo, qué pasa con estos «extras» de $ 100.- por mes. Lo suele brindar igual el empleador? Yo había leído en el estatuto que es obligación para el empleador brindarlo igual, aunque uno no esté «afiliado».
Por otro lado, quería preguntarte si conoces alguna pagina donde se puedan ver todos los sindicatos del pais, para saber que sindicato tendria en mi nuevo lugar de trabajo.
Muchas gacias
Hola Gabriel:
Si el 25% corresponde al no remunerativo de abril, y mayo, igual hay que esperar que se homologue.
gracias
Hola Graciela:
Mi pregunta era que si Junio entra tambien para sacar el 25 % o solo Abril y Mayo siempre hablando de lo no remunerativo. Gracias
Hola Gabriel
El 25% de junio es sobre la parte no remunerativa igual que el 50% de diciembre, es como un aguinaldo de lo no remunerativo, nada que ver con el 20%.
gracias