La página de AFIP recuerda que se deben calcular y pagar el aguinaldo y las vacaciones al servicio doméstico. En este artículo, EconoBlog detalla la forma de efectuar la liquidación de dichos montos y detalla cuándo se deben pagar los mismos al personal comprendido por el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares (Ley 26844).
Calcular Aguinaldo del Servicio Doméstico
Al igual que ocurre con los trabajadores en relación de dependencia, los empleadores deben pagar el Sueldo Anuel Complementario (SAC) de los empleados domésticos al finalizar los semestres de junio y diciembre de cada año. Sin embargo, la Ley 26.844 establece que la fecha de pago del aguinaldo del servicio doméstico es en la última jornada de cada semestre por lo que algunos dependientes podrían llegar a tener que cobrar antes del 30 de junio.
Es decir, este año, en caso de que un empelado traje de lunes a viernes, si fecha de cobro será el 30 de junio. Sin embargo, si trabaja los lunes, miércoles y vienes, tendrá que cobrarlo el 29 de junio.
El cálculo del aguinaldo es muy simple. Se debe tomar el 50% de la mejor remuneración que ha cobrado a lo largo de los seis primeros meses del año (incluyendo el mes en curso), incluyendo todo concepto (sueldo básico, horas extras, adicionales, remuneración en especie y gratificaciones) y quedando fuera las Asignaciones Familiares que paga la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
En caso de que la persona haya prestado servicios por menos de seis meses, se tiene que calcular el SAC en base proporcional al tiempo trabajado tal como lo indica la Ley de Contrato de Trabajo. Por ejemplo, si sólo trabajó 4 meses se tiene que pagar el 66,67% (4 dividido 6) de su mejor sueldo.
Calcular Vacaciones del Servicio Doméstico
El pago de las vacaciones a los empleados domésticos se tiene que realizar al comiendo de las mismas. Su cálculo se realiza multiplicando el número de días que hubiera tenido que prestar servicios a lo largo dicho período por el sueldo diario percibido.
La cantidad de días de vacaciones vería dependiendo de su antigüedad en base al siguiente cuadro:
Días corridos de vacaciones | Antigüedad |
14 | De 6 meses a 5 años |
21 | De 5 a 10 años |
28 | De 10 a 20 años |
35 | Más de 20 años |
En caso de que el personal con retiro no llegare a la totalidad de seis meses trabajados, el empleador tendrá que otorgarle un descanso anual remunerado que no sea inferior a la siguiente cantidad de días:
Días corridos de vacaciones | Semanas de trabajo |
1 | Entre 4 y 7 |
2 | Entre 8 y 11 |
3 | Entre 12 y 15 |
4 | Entre 16 y 19 |
5 | Más de20 |
Es muy importante recalcar que se tratan de días corridos y no hábiles.
Hola! Tengo una empleada que viene 1 vez por mes (sólo 3 meses vino 2 veces) o sea trabajó 15 veces al año 4 horas cada vez.
No sé cómo calcular el aguinaldo.
Y ella este mes de enero vendrá 1 vez como siempre y luego toma 15 dias de vacaciones. Yo tengo que pagarle vacaciones?.
Muchas gracias. Espero su repuesta. Muy atte.
Celia.
celia no decis cuanto tiempo hace que trabaja? si hace menos de 5 años las vacaciones son 14 dias, de los cuales ella se los toma corrido y vos le pagas los días que ella debería venir y Aguinaldo si trabaja mas de la mitad del año se paga Mejor sueldo percibido / 2
Trabajo hace aproximnt 4 años, 2 veces x semana 5hs.(antes eran 3 x semana) me liquidaron $1750 , está bién? Y no sé si puedo reclamr vacaciones. Estoy en negro, x q querian ponerme en blanco pero a nombre de una persona q desconozco. Gracias
Cristina Si deben pagarte 14 días de vacaciones, por ejemplo te tomas dos semanas y solo te pagan por vacaciones los días que deberías haber ido al trabajo
tengo 25 años travajando en una casa diario no me dan mas q una semana de aguinaldo i una semana pagada de vacaciones pero ellos dicen q las travajadoras domesticas no tenemos derecho otra cosa yo ya me quiero salir pero dicen q no tengo derecho a liquidacion quisiera saver si ustedes me pueden ayudar asesorandome me llamo epifania
Epifania si tenes derecho al cobro de aguinaldo y de vacaciones (28 días) y si vos renuncias es cierto, no te corresponde indemnización, salvo que llegues a un arreglo con ello, pero si no te reconocen nada, antes de renunciar anda a ver a un abogado
Hace 2 años y 9 meses q trabajo como empleada domestica eatoy en blanco y dicen no me corresponde q me paguen vacaciones porque me las estoy tomando, es urgente por favor q me expliquen. Gracias!
Mariel si, te corresponden 14 días de vacaciones
buenas tardes consulta hace dos años que trabajo cuidando niños trabajo cuatro horas de lunes a viernes estoy en blanco quisiera saber cuanto se me deberia pagar de aguinaldo y vacaciones salgo en enero de vacaciones
Carla Aguinaldo es medio sueldo y vacaciones son 14 días corridos y el calculo es sueldo /25×14 y el resto del mes sueldo /30 x 16