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Planilla Excel, si perteneces a Empleados de Comercio liquida tu propio recibo de sueldo

Los trabajadores  pertenecientes al sindicato de Empleados de Comercio pueden con la ayuda de esta planilla Excel liquidar su propio recibo de sueldo, con las modificaciones que deben implementarse a partir del 1ro. de abril, colocando lo datos personales, que corresponden en cada caso en particular. Si bien solamente se firmo un acta entre el asesor del Ministro de Trabajo, Dr. Jorge Ariel Schuster y representantes de la Federación Argentina de Empleados de comercio y Servicios, F.A.E.C.y .S. con un incremento salarial del 20% sobre las remuneraciones, escalonado: 8% a partir del mes de abril de 2008 6% a partir del mes de julio de 2008 6% a partir del mes de septiembre de 2008 En su articulo OCTAVO dice […]

Los trabajadores  pertenecientes al sindicato de Empleados de Comercio pueden con la ayuda de esta planilla Excel liquidar su propio recibo de sueldo, con las modificaciones que deben implementarse a partir del 1ro. de abril, colocando lo datos personales, que corresponden en cada caso en particular.

Si bien solamente se firmo un acta entre el asesor del Ministro de Trabajo, Dr. Jorge Ariel Schuster y representantes de la Federación Argentina de Empleados de comercio y Servicios, F.A.E.C.y .S. con un incremento salarial del 20% sobre las remuneraciones, escalonado:

8% a partir del mes de abril de 2008
6% a partir del mes de julio de 2008
6% a partir del mes de septiembre de 2008

En su articulo OCTAVO dice que los representantes de las cámaras de empresarios se pueden oponer igual se tiene que pagar hasta que se firme otro acuerdo.

Esperamos que la planilla que adjuntamos les sea de utilidad, cualquier duda pueden preguntarnos.

Bajar planilla excel Recibo de sueldo OSECAC

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1.001 comentarios en “Planilla Excel, si perteneces a Empleados de Comercio liquida tu propio recibo de sueldo”

  1. Hola GASTON:

    Tengo una planilla publicada excel para liquidar diciembre tenes que poner

    Pago excepcional no remunerativo Diciemb./08

  2. Hola Paola:

    Supongo sos empleada de comercio? no te pueden echar salvo que te indemnicen y es mucha la indemnización 7 meses antes del parto y 7 meses despues, a los 3 meses lleva el certificado medico si corresponde a ANSeS hacelo con copia a la empresa.

  3. Hola Paola:

    Se suman los importes cobrados por horas extras y se divide por la cantidad de dias u horas trabajadas en el año y se paga por hora o por dia de vacaciones, son remuneraciones variables, es igual cuando cobran comisiones

  4. Quisiera cual es el sueldo para una empleada de un lavadero (de ropa) que trabaja de 8 a 15 hs. de lunes a viernes? Muchas Gracias.

Los comentarios están cerrados.

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