Ayer, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) efectuó la homologación del acuerdo sellado por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) y el Sindicato del Personal de Casas de Familia (Sinpecaf) con un 33% de aumento sobre los sueldos básicos del sector. Además se publicó la nueva planilla con la Escala Salarial 2016 – 2017 del Servicio Doméstico.
En el Acuerdo Salarial 2016-2017 del Servicio Doméstico, las partes acordaron un adelanto de la negociación paritaria por la pérdida del poder adquisitivo que han tenido los sueldos básicos vigentes. Además, Sinpecaf y CNTCP establecieron un 33% de aumento aplicable de la siguiente manera:
- 1ero de junio: 18%.-
- 1ero de diciembre: 15%.-
En las paritarias también se acordó un plus por zona desfavorable para los empleados domésticos de la Patagonia. El mismo es del 15% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías para el personal que trabaje en las Provincias de Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego.
Escala Salarial del Servicio Doméstico desde junio de 2016
Categoría | Tarea | Personal con retiro | Personal sin retiro | ||
Hora | Mensual | Hora | Mensual | ||
Supervisor/a | Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo | 61,50 | 7.756,00 | 67,50 | 8.640,00 |
Personal para tareas específicas | Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo | 58,00 | 7.206,50 | 64,00 | 8.022,00 |
Caseros | Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo | – | – | 54,50 | 7.030,50 |
Asistencia y cuidado de personas | Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores | 54,50 | 7.030,50 | 61,50 | 7.835,50 |
Personal para tareas generales | Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar | 51,00 | 6.322,00 | 54,50 | 7.030,50 |
Escala Salarial de Empleados Domésticos desde diciembre de 2016
Categoría | Tarea | Personal con retiro | Personal sin retiro | ||
Hora | Mensual | Hora | Mensual | ||
Supervisor/a | Coordinación y control de las tareas efectuadas por más de una persona a su cargo | 69,50 | 8.745,50 | 76,00 | 9.738,50 |
Personal para tareas específicas | Personal contratado exclusivamente para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad | 65,50 | 8.122,50 | 72,00 | 9.041,50 |
Caseros | Trabajador que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo | – | – | 61,50 | 7.924,50 |
Asistencia y cuidado de personas | Personal que brinda asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores | 61,50 | 7.924,50 | 69,50 | 8.831,50 |
Personal para tareas generales | Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar | 57,50 | 7.126,50 | 61,50 | 7.924,50 |
El personal que efectúa tareas incluidas en más de una categorías quedan comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.
Recordemos que la Ley N° 26.844 regula el trabajo en Casas Particulares otorgando los mismos beneficiarios a los empleados domésticos que los que tienen los trabajadores en relación de dependencia. En dicha normativa se establece que una jornada diaria no puede superar los 9 horas y la semanal no puede ser mayor a 48 horas, caso contrario se deben pagar horas extras al 50% si es en días hábiles o al 100% si es en fines de semana o feriados.
Aparte, la normativa otorga preaviso, indemnización por despido, asignaciones familiares, ART, vacaciones, fallecimiento, incapacidad, matrimonio o embarazo, jornada laboral y horas extras, tratamiento previsional, impuesto a las ganancias y licencia por enfermedad.
Bajar homologación del Acuerdo Salarial 2016 del servicio doméstico (Archivo PDF, el cual requiere Adobe Acrobat Reader).
Necesito saber el importe por hora que se debe abonar a personal doméstico que concurre dos veces o tres veces por semana, y tres horas cada día que viene.
Marina Tareas generales sin cuidado de personas MINIMO $51.- pero en realidad pagan Bastante más
Buenas tengo una empleada domestica mensual.esta en categoria de asistencia y cuidado de personas..como la tengo q incribir en la afip en «modalidad de la prestacion»; trabaja 100 horas mensuales aprox. le tengo q pagar por hora? o el sueldo minimo/la cantidad de horas?… en la actualidad le estoy pagando 4500. mi intencion es no pagarle de menos. desde ya agradezco su respuesta Saludos Pablo
Pablo modalidad de contratación jornada reducida Cuarta Categoría y para decirte SUELDO MINIMO necesito saber tareas, días y horas que trabaja, de todas maneras yo te digo el mínimo el sueldo es acuerdo entre partes, podes pagarle mas no menos ok?
cuanto corresoinde pagar de lunes a viernes 4 hs servicio domestico…esta jubliada…hago aportes RT seguro de vida..le pago en mano 3700.
hola, cuanto debo pagar a una niñera (solo cuidado de niños) por trabajar 24 hrs semanales?
Maria Necesito tareas, días y horas
hola, seria de lunes a viernes por la mañana, un total de 24 hrs semanales, para cuidado de 2 niños,cuanto corresponde que le pague?
maria Cuanto le tenes que pagar es decisión entre parte, según confianza, responsabilidad etc. yo te digo sueldo mínimo $3515.-
Hola, tengo una empleada domestica que trabaja 8 hs. semanales realizando sólo tareas de limpieza, debido a un cambio en mi horario laboral ahora deberá trabajar en casa 7 hs. diarias, sólo de lunes a jueves (28 hs. semanales) y además estarán a su cuidado mis 2 hijos, cuanto debería pagarle por mes?
Paula si no trabaja de lunes a viernes, te va a convenir que la hagas ir el viernes, ya que de lo contrario el mínimo es de $55.- la hora (pagan bastante mas) y si va de L.a v. el mínimo es $7030.-/200 por la cantidad de horas que trabaje en el mes, las horas de los días feriados no trabajados se suman para el caluclo
Graciela, entonces si la empleo de lunes a viernes por 7 horas diarias deberé dividir $7030 en 200hs y multiplicarlo por 154hs (22 días) y el resultado ($5413) sería lo que debo pagarle por mes, es correcto mi calculo?
Paula Eso es el mínimo, pero 200 horas son por trabajar 48 horas semanales, vos en ese caso (lunes a viernes) deberías dividir por 176, en lugar de 200, caso contrario no da el cálculo
Entonces el calculo que debo realizar es $7030 dividido en 176hs, el resultado multiplicarlo por el total de horas mensuales. Muchas gracias Graciela