Limpieza de empleados domésticos

Escala Salarial 2016 – 2017 del Servicio Doméstico

Ayer, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) efectuó la homologación del acuerdo sellado por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) y el Sindicato del Personal de Casas de Familia (Sinpecaf) con un 33% de aumento sobre los sueldos básicos del sector. Además se publicó la nueva planilla con la Escala Salarial 2016 – 2017 del Servicio Doméstico. En el Acuerdo Salarial 2016-2017 del Servicio Doméstico, las partes acordaron un adelanto de la negociación paritaria por la pérdida del poder adquisitivo que han tenido los sueldos básicos vigentes. Además, Sinpecaf y CNTCP establecieron un 33% de aumento aplicable de la siguiente manera: 1ero de junio: 18%.- 1ero de diciembre: 15%.- En las paritarias también se […]

Ayer, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS) efectuó la homologación del acuerdo sellado por la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP) y el Sindicato del Personal de Casas de Familia (Sinpecaf) con un 33% de aumento sobre los sueldos básicos del sector. Además se publicó la nueva planilla con la Escala Salarial 2016 – 2017 del Servicio Doméstico.

En el Acuerdo Salarial 2016-2017 del Servicio Doméstico, las partes acordaron un adelanto de la negociación paritaria por la pérdida del poder adquisitivo que han tenido los sueldos básicos vigentes. Además, Sinpecaf y CNTCP establecieron un 33% de aumento aplicable de la siguiente manera:

  • 1ero de junio: 18%.-
  • 1ero de diciembre: 15%.-

En las paritarias también se acordó un plus por zona desfavorable para los empleados domésticos de la Patagonia. El mismo es del 15% sobre los salarios mínimos establecidos para cada una de las categorías para el personal que trabaje en las Provincias de Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego.

Escala Salarial del Servicio Doméstico desde junio de 2016

Categoría Tarea Personal con retiro Personal sin retiro
Hora Mensual Hora Mensual
Supervisor/a Coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo 61,50 7.756,00 67,50 8.640,00
Personal para tareas específicas Cocineros/as contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal para llevarla a cabo 58,00 7.206,50 64,00 8.022,00
Caseros Personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo 54,50 7.030,50
Asistencia y cuidado de personas Comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores 54,50 7.030,50 61,50 7.835,50
Personal para tareas generales Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar 51,00 6.322,00 54,50 7.030,50

Escala Salarial de Empleados Domésticos desde diciembre de 2016

Categoría Tarea Personal con retiro Personal sin retiro
Hora Mensual Hora Mensual
Supervisor/a Coordinación y control de las tareas efectuadas por más de una persona a su cargo 69,50 8.745,50 76,00 9.738,50
Personal para tareas específicas Personal contratado exclusivamente para desempeñar dicha labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad 65,50 8.122,50 72,00 9.041,50
Caseros Trabajador que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo 61,50 7.924,50
Asistencia y cuidado de personas Personal que brinda asistencia y cuidado no terapéutico de personas, tales como: personas enfermas, con discapacidad, niños/as, adolescentes, adultos mayores 61,50 7.924,50 69,50 8.831,50
Personal para tareas generales Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar 57,50 7.126,50 61,50 7.924,50

El personal que efectúa tareas incluidas en más de una categorías quedan comprendido en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.

Recordemos que la Ley N° 26.844 regula el trabajo en Casas Particulares otorgando los mismos beneficiarios a los empleados domésticos que los que tienen los trabajadores en relación de dependencia. En dicha normativa se establece que una jornada diaria no puede superar los 9 horas y la semanal no puede ser mayor a 48 horas, caso contrario se deben pagar horas extras al 50% si es en días hábiles o al 100% si es en fines de semana o feriados.

Aparte, la normativa otorga preaviso, indemnización por despido, asignaciones familiares, ART, vacaciones, fallecimiento, incapacidad, matrimonio o embarazo, jornada laboral y horas extras, tratamiento previsional, impuesto a las ganancias y licencia por enfermedad.

Bajar homologación del Acuerdo Salarial 2016 del servicio doméstico (Archivo PDF, el cual requiere Adobe Acrobat Reader).

1.390 comentarios en “Escala Salarial 2016 – 2017 del Servicio Doméstico”

  1. BUENOS DIAS QUERIA SABER EL VALOR MENSUAL DE UNA EMPLEADA QUE SOLO CUIDARA NIÑOS DE L A V 7 HS DIARIAS

    GRACIAS

    1. sueldo mínimo $7925.-/176 por la cantidad de horas que trabaje en el mes, las horas de los días feriados no trabajados se suman para el calculo

  2. Hola hago 110 horas al mes uido a dos nenes y les cocino. Tengo un sueldo de $4800 incluido zona fria. Cuanto me tendrian que pagar ?

  3. Resumen. Perfecto el aumento de 15 por ciento en diciembre. El aguinaldo te lo pago antes de las fiestas y es la suma
    De los 6 sueldos dividido 6 y el resultado dividido 2. Hay aportes que te corresponde a vos y los paguemos
    Nosotros y te los voy a pasar. Los días que te tomas que no
    Son de las
    Vacaciones te los
    Voy a descontar. Diciembre se cobra a principio de enero. Y ahi estoy averiguando cuánto y cómo
    Las
    Vacaciones. Esto me dijo mi patrona y no es ni la mitad de aguinaldo que me corresponde segun entiendo es la mitad de sueldo mejor pagado del semestre y los dias trabajado de este diciembre no quiere pagarme me dice que en enero se paga el mes de diciembre la verdad no entiendo y siempre hace lo mismo en fin de año

    1. El aguinaldo que te corresponde es de $3997,5 y lo saque de sumar tus últimos seis meses (incluido diciembre con el
      Aumento) y dividirlo por 6. Ese número dividido por dos es el que corresponde pagarte de aguinaldo,asi me dijo Siendo que el sueldo me tiende que pagar desde este diciembre 8.970$ con el aumento..

    2. Aguinaldo es mejor sueldo divido 2 y que días te va a descontar? que días no vas? no entiendo esa parte Diciembre se paga como todos los meses, si ella lo paga por ejemplo enero los primeros días de febrero, si tiene razón diciembre se paga los primeros días de enero, salvo que te tomes vacaciones y eso si se paga antes de salir

      1. Salgo mañana por la tarde hasta el 7 de enero y esos dias me va descontar me dijo porque no es los dias que corresponde de vacaciones .
        Ellos se van el 15 de enero y vuelven 31
        Y esos dias que ellos no estan me dijo que yo tengo vacaciones .

  4. Hola Graciela, quisiera saber cómo resolver un problema. Tengo una señora que trabaja cuidando a mis hijas pequeñas exclusivamente desde hace poco mas de un año. Las nenas en marzo empiezan el jardin con jornada extendida. Yo no quiero prescindir de sus servicios y la sra. está cómoda en mi casa y me dijo que cuente con ella para seguir en las condiciones que yo la precise. Cómo puedo hacer para disminuir de 40 hs semanales a 20 sin tener inconvenientes a futuro? Debo indemnizarla cuando cambie las condiciones? Te agradecería mucho la respuesta.

    1. Si es una indemnización por la reducción de la jornada laboral y se hace un acuerdo en el Ministerio de Trabajo

      1. Bune día Graciela, el acuerdo se tiene que hacer sí o sí en el Ministerio de Trabajo o se puede acordar entre el trabajador y la empleadora? … Gracias por tu respuesta.

      2. en realidad es un acuerdo entre empleadora y trabajadora pero se firma en el Ministerio de Trabajo, para dar validez

      3. Gracias por tu amable respuesta. Llamé al ministerio de Trabajo de CABA para averiguar, aunque tal vez deba hacerlo en el que corresponda a Pcia. de Bs. As., por mi domicilio, y me dijeron que tengo que despedirla sin causa e indemnizarla y volverla a contratar por menos horas, y que son dos relaciones laborales distintas. Me sonó raro además de no coincidir con la respuesta que me habías dado. Debería ir personalmente a algún lugar en particular? Disculpá por la insistencia pero debería resolverlo en febrero como máximo.

      4. Carolina Hablalo con la trabajadora y luego anda al Ministerio de Trabajo que te corresponde y pedi un turno para el acuerdo, y firman ese acuerdo

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