Los sujetos que no están alcanzados por Ganancias ni Bienes Personales pueden pedir un reintegro del 20% y del 35% que se les aplicó en 2012, 2013, 2014 y 2015 por operaciones en moneda extranjera mediante www.afip.gob.ar. Una vez hecho esto, el plazo de AFIP para dar una respuesta a la solicitud de devolución de percepciones por dólar ahorro y turista es de 45 días.
45 días es el plazo máximo para dar una respuesta a la solicitud de la devolución de percepciones aplicadas por compra de dólar ahorro o turista, compras con tarjetas de crédito y/o de débito en el exterior (sean en moneda extranjera o en pesos) y adquisición de paquetes y pasajes a destinos fuera del territorio argentino. Dentro de dicho tiempo, AFIP debe dar una respuesta indicando si fue aceptado, rechazado o si se necesita más información para procesar el pedido.
En caso de ser aceptada la solicitud, la devolución de retenciones se procederá de acuerdo al cronograma de pagos difundido por el organismo a cargo de Alberto Abad. Los depósitos se harán en la cuenta bancaria del CBU informado a partir del próximo mes a ser aceptado.
Si se requiere más información para procesar el pedido se detallará qué documentación debe presentar el contribuyente. En este caso también se incluye a los empleados en relación de dependencia que presentaron el Formulario 572 Web y AFIP deberá verificar que el empleador no hizo la devolución.
En caso de vencer el plazo sin recibir respuesta, el solicitante podrá presentar una «Nota para pronto despacho» en la mesa de entrada de la dependencia de AFIP correspondiente a la jurisdicción de su domicilio fiscal. El modelo de dicha nota se puede bajar al pie de este artículo.
Los pasos a seguir para solicitar la devolución de las percepciones son las siguientes:
- Entrar en www.afip.gob.ar.
- Pulsar en «Ingresar» y escribir el CUIT y la Clave Fiscal.
- Hacer clic en la opción «Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social» y completar el formulario con los datos requeridos.
- Acceder a «Mis Aplicaciones Web».
- Presionar en «Nuevo» y seleccionar la siguiente información:
- Organismo: AFIP.
- Tipo Formulario: Declaración Jurada.
- Formulario: F746/A – Devoluciones y transferencias.
- Versión: Seleccionar la vigente.
- Período Fiscal: Escribir el período fiscal en formato AAAAMM (Año mes).
- En pantalla se mostrarán todas las percepciones cargadas: Es necesario tildar las que se quieran solicitar.
- En caso de querer solicitar el reintegro de percepciones no cargadas se tiene que presionar en el botón «Agregar percepción» y completar el formulario con los datos solicitados (origen; tarjeta; fecha de pago del resumen y/o liquidación / fecha de débito; e importe).
- Pulsar en «Grabar» y «Presentar».
Bajar archivo con modelo de nota para pronto despacho.
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Me sale este cartel luego de haber presentado la Devolucion, Puede ser que sea porque no soy el titular de la tarjeta, tengo una extencion de la misma y con ella hice las compras en el Extranjero en Agosto 2015
«Estimado Ciudadano, a fin de poder cumplir con el compromiso de devolución de percepciones -períodos 2012 a 2014-, tenga en cuenta que:
– El total solicitado para el período [2015] supera lo disponible en Mis Retenciones [0]
Una vez solucionado el inconveniente detectado, ud. se encontrará en condiciones de cobrar la devolución de las percepciones en la próxima cuota disponible»
Facundo Si es así, la devolución la debe pedir el titular de la tarjeta
Hola gente me respondieron con este mensaje del afip:
ESTADO [EN TRÁMITE (0-30)] FECHA ESTADO [28-10-2016]
Estimado Ciudadano, a fin de poder cumplir con el compromiso de devolución de percepciones -períodos 2012 a 2014-, tenga en cuenta que:
– El total solicitado para el período [2015] supera lo disponible en Mis Retenciones [0]
Una vez solucionado el inconveniente detectado, ud. se encontrará en condiciones de cobrar la devolución de las percepciones en la próxima cuota disponible
A que se debe ???…
Beatriz Fijate de no haber duplicado alguna percepción
A mi la primera cuota del 2015 me la pagaron el 5 de septiembre y después nunca mas, se sabe algo?
hola! yo presente los formularios de 2013 a 2015 hace dos meses. El estado es [Aprobado en proceso de devolucion…]
Alguna idea de cuando empezaria a cobrar las cuotas??
Gracias!
No se sabe todavia cuando empiezan a pagar las percepciones del 2015???
Gustavo, las están pagando desde el mes pasado pero no se el método que están usando para elegir a los contribuyentes a los que les paga pagan primero.