La Federación Argentina de Trabajadores de Industrias Químicas y Petroquímicas (FATIQyP) y la Cámara de la Industria Química y Petroquímica (CIQyP) sellaron las negociaciones paritarias del corriente año con un 35% de aumento en la escala salarial aplicable en dos cuotas. En este artículo, EconoBlog permite consultar los nuevos Sueldos Básicos 2016-2017 de Químicos y Petroquímicos.
En el Acuerdo Salarial 2016 de Químicos y Petroquímicos se estableció un aumento del 23% aplacible a partir del 1ero de julio y del 12% que entrará en vigencia desde el 1ero de septiembre.
Con dichas subas, la planilla con los sueldos básicos 2016 – 2017 de Químicos y Petroquímicos es la siguiente:
B | A | A1 | A2 | A3 | |
Del 01/07/2016 al 31/08/2016 | 54.423 | 58.951 | 63.857 | 69.168 | 74.943 |
Desde el 01/09/2016 | 59.732 | 64.703 | 70.087 | 75.916 | 82.254 |
Personal Administrativo | B | A | A1 |
Del 01/07/2016 al 31/08/2016 | 1.984,53 | 12.807,95 | 14.642,08 |
Desde el 01/09/2016 | 12.056,19 | 14.057,51 | 16.070,58 |
Además, el gremio difundió la completa planilla con la escala salarial del sector en base a la antigüedad del trabajador. Para descargar la misma es necesario pulsar ACÁ (Archivo PDF, requiere Adobe Acrobat Reader).
En las paritarias, las partes también acordaron el pago de dos Sumas no Remunerativas, cuyos monto son los siguientes:
- Suma no Remunerativa A: Se tiene que liquidar con las remuneraciones de mayo y su importe varía dependiendo de la categoría de acuerdo al siguiente esquema:
B A A1 A2 A3 2.035,32 2.204,69 2.388,14 2.586,76 2.802,73 B A A1 Personal Administrativo 2.054,02 2.394,98 2.737,95 - Suma no Remunerativa B: Se tiene que liquidar con las remuneraciones de junio para todos los trabajadores en relación de dependencia comprendidos por el Contrato Colectivo de Trabajo 77/89. Su monto es de $2.362.
Los empresarios que continuaron con el pago de la suma fija solidaria de $1.750 en mayo y junio del corriente año, el monto abonado podrá ser compensado hasta su concurrencia.
En el Acuerdo Salarial 2016-2017, FATIQyP y CIQyP también establecieron el pago de una gratificación anual extraordinaria y no remunerativa de $8.100 que tendrá que ser liquidada entre el 15 de diciembre de 2016 y el 15 de febrero de 2017.
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