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Homologación del Acuerdo 2016 de UOM – Gratificación No Remunerativa

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad (MTEySS) efectuó la homologación del Acuerdo 2016 de la UOM (Unión Obrera Metalúrgica) firmado el 9 de mayo entre el gremio y las cámaras patronales. En el mismo se establece la reimputación como «Gratificación Extraordinaria no Remunerativa por única vez» del Adelanto Extraordinario dispuesto en el Acuerdo del 4 de febrero de 2016. El Acuerdo 2016 referente a la Gratificación No Remunerativa fue firmado por los representantes la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina, la Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina (ADIMRA), la Federación de Cámaras Industriales de Artefactos para el Hogar de la República Argentina (FEDEHOGAR), la Cámara de la Pequeña y Mediana Industria Metalúrgica Argentina (CAMIMA), la Asociación […]

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad (MTEySS) efectuó la homologación del Acuerdo 2016 de la UOM (Unión Obrera Metalúrgica) firmado el 9 de mayo entre el gremio y las cámaras patronales. En el mismo se establece la reimputación como «Gratificación Extraordinaria no Remunerativa por única vez» del Adelanto Extraordinario dispuesto en el Acuerdo del 4 de febrero de 2016.

El Acuerdo 2016 referente a la Gratificación No Remunerativa fue firmado por los representantes la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina, la Asociación de Industriales Metalúrgicos de la República Argentina (ADIMRA), la Federación de Cámaras Industriales de Artefactos para el Hogar de la República Argentina (FEDEHOGAR), la Cámara de la Pequeña y Mediana Industria Metalúrgica Argentina (CAMIMA), la Asociación de Fábricas Argentinas Terminales Electrónicas (AFARTE), la Cámara Argentina de la Industria del Aluminio y Metales Afines (CAIAMA) y la Asociación de Fábricas Argentinas de Componentes (AFAC).

En el acuerdo las partes establecieron que el adelanto extraordinario acordado en el mes de febrero para los trabajadores comprendidos por el Convenio Colectivo de Trabajo 260/75 tiene que ser computado como una gratificación no remunerativa.

Bajar homologación del Acuerdo 2016 de la UOMRA con la Resolución S.s.R.L. N° 520 en formato PDF (Requiere la instalación del Adobe Acrobat Reader).

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