La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció que no se pueden ingresar nuevos Planes de Pago de la Resolución General N° 3827 desde el lunes 1° al miércoles 3 de agosto de 2016. No es posible realizar el ingreso de los mismos debido a una serie de implementaciones de los sistemas del Sinceramiento Fiscal en la página oficial del organismo.
Este año se lanzó un nuevo Plan de Facilidades de Pago Permanente de AFIP que permite a los contribuyentes regularizarse su deudas con una tasa de interés que es actualizada el 20 de cada mes. Para realizar la actualización se toma en cuenta la Tasa Nominal Anual (TNA) del Banco Nación para los plazos fijos a 180 días, a la cual se le suman 4 puntos (al momento del lanzamiento se le sumaban sólo 2 puntos) para sujetos con ingresos de hasta 91.000.000 pesos por año y 8 puntos (antes eran 6 puntos) para los que superen dicho monto.
Con la puesta en marcha de la Ley de Sinceramiento Fiscal y del Programa de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados, se han realizado una serie de cambios a dicho plan de pagos.
De la mano de la modificación que se ha realizado a la moratoria de AFIP será posible regularizar las deudas en hasta 90 cuotas con una tasa de interés del 1,5% mensual. La adhesión al mismo deberá realizarse antes del 31 de marzo de 2017 mediante el sitio oficial de AFIP.
Las personas interesadas en consultar las obligaciones que se pueden incluir en esta Moratoria deben hacerlo ingresando AQUÍ. Además, allí también se listan los contribuyentes excluidos del régimen.
Por lo cual, aquellas personas que quieran ingresar un nuevo Plan de Pagos en estos días deberán tener en cuenta que hasta el miércoles no será posible hacerlo por la implementación de los sistemas de Sinceramiento Fiscal.
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