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AFIP: Vencimiento del pago de la cuota de Autónomos en Agosto de 2016

El jueves 4 inicia el vencimiento del pago de la cuota de Autónomos en agosto de 2016. En este artículo, la página de noticias EconoBlog.com.ar detalla el cronograma de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para que los contribuyentes inscriptos en el Régimen General (RG) cumplan con la cancelación de dicha obligación por Internet o personalmente. A diferencia de lo que ocurre con la del Monotributo, el vencimiento de la cuota de Autónomos es a mes vencido. Por lo cual, en agosto se debe abonar el período fiscal Julio/2016, cuyo importe se puede consultar ingresando AQUÍ. EL calendario con las fechas de vencimiento de la cuota de Autónomos en agosto de 2016 varía dependiendo de la finalización del número […]

El jueves 4 inicia el vencimiento del pago de la cuota de Autónomos en agosto de 2016. En este artículo, la página de noticias EconoBlog.com.ar detalla el cronograma de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para que los contribuyentes inscriptos en el Régimen General (RG) cumplan con la cancelación de dicha obligación por Internet o personalmente.

A diferencia de lo que ocurre con la del Monotributo, el vencimiento de la cuota de Autónomos es a mes vencido. Por lo cual, en agosto se debe abonar el período fiscal Julio/2016, cuyo importe se puede consultar ingresando AQUÍ.

EL calendario con las fechas de vencimiento de la cuota de Autónomos en agosto de 2016 varía dependiendo de la finalización del número de CUIT del contribuyente tal como se indica a continuación:

Terminación del CUIT Fecha de Vencimiento
0 y 1 Jueves 04/08/16
2 y 3 Viernes 05/08/16
4 y 5 Lunes 08/08/16
6 y 7 Martes 09/08/16
8 y 9 Miércoles 10/08/16

El ingreso del pago de la obligación se puede realizar de una de las siguientes maneras:

  • Personalmente: Es necesario indicar el Código de Registro Autónomo y período a pagar (Julio de 2016) o presentar el Formulario 1101 en uno de los centros de pago admitidos por el Fisco Nacional.
  • Por Internet: Se tiene que generar un Volante Electrónico de Pago (VEP) tal como se detalla ACÁ y realizar una transferencia electrónica de fondos.
  • Por cajeros automáticos.
  • Por débito automático en una tarjeta de crédito o débito directo en una cuenta bancaria: Para realizar la adhesión es necesario comunicarse con la empresa emisora de la tarjeta o con el banco con el cual se opera regularmente. Los trabajadores independientes que decidan cancelar su obligación de esta forma gozan de una bonificación anual que equivale a una cuota.

Gracias al servicio de SMS de AFIP, es posible consultar la fecha de vencimiento de esta obligación enviando un mensaje de texto al 2347 con las palabras «VENCE AUTONOMOS». Una vez enviada la consulta, el sistema no tarda en mandar la respuesta.

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