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Servicio domestico, Extincion de la relación laboral, embarazo

Publicamos lo que dice la norma publicada en el Ministerio de trabajo, en relación a la licencia por embarazo y  ruptura del contrato laboral para el personal del Servicio domestico. Licencia por embarazo Ni el estatuto ni el decreto contemplan esta licencia, por lo que la trabajadora del servicio doméstico se encuentra en una situación de desigualdad frente al resto de las trabajadoras. Extinción de la relación laboral A partir de los 90 días de iniciado el contrato de trabajo, éste no podrá ser disuelto por voluntad de ninguna de las partes sin previo aviso dado con cinco días de anticipación si la antigüedad del empleado fuera inferior a dos años y diez cuando fuere mayor, durante cuyo plazo el […]

Publicamos lo que dice la norma publicada en el Ministerio de trabajo, en relación a la licencia por embarazo y  ruptura del contrato laboral para el personal del Servicio domestico.

Licencia por embarazo

Ni el estatuto ni el decreto contemplan esta licencia, por lo que la trabajadora del servicio doméstico se encuentra en una situación de desigualdad frente al resto de las trabajadoras.

Extinción de la relación laboral

A partir de los 90 días de iniciado el contrato de trabajo, éste no podrá ser disuelto por voluntad de ninguna de las partes sin previo aviso dado con cinco días de anticipación si la antigüedad del empleado fuera inferior a dos años y diez cuando fuere mayor, durante cuyo plazo el empleado gozará de dos horas hábiles diarias para buscar nueva ocupación sin desmedro de sus tareas esenciales. Si el contrato fuera disuelto por voluntad del empleador los plazos señalados en este artículo podrán ser suplidos por el pago de la retribución que corresponde a uno u otro período, en cuyo caso los trabajadores sin retiro deberán desocupar y entregar en perfectas condiciones de higiene la habitación, muebles y elementos que se le hayan facilitado, en un plazo de 48 horas.

En el caso de ruptura del contrato por parte del empleador y cuando el empleado tuviere una antigüedad mayor a un año de servicios continuados, deberá abonársele una indemnización por despido equivalente a medio mes del sueldo en dinero convenido por cada año de servicio o fracción superior a 3 meses.

Será obligación de los empleados domésticos guardar lealtad y respeto al empleador, su familia y convivientes, respetar a las personas que concurran a la casa, cumplir las instrucciones de servicio que se le impartan, cuidar las cosas confiadas a su vigilancia y diligencia, observar prescindencia y reserva en los asuntos de la casa de los que tuviere conocimiento en el ejercicio de sus funciones, guardar la inviolabilidad del secreto familiar en materia política, moral y religiosa y desempeñar sus funciones con celo y honestidad, dando cuenta de todo impedimento para realizarlas, siendo responsables del daño que causaren por dolo, culpa o negligencia.

Además del incumplimiento de las obligaciones señaladas en el párrafo anterior, las injurias contra la seguridad, honor, intereses del empleador o su familia, vida deshonesta del empleado, desaseo personal, o las transgresiones graves o reiteradas a las prestaciones contratadas, facultan al empleador para disolver el vínculo laboral sin obligación de indemnizar por preaviso y antigüedad.

En estos casos y de llegarse a un litigio, la carga de la prueba le corresponde al empleador.

El empleado podrá considerarse despedido y con derecho al pago de la indemnización por preaviso y antigüedad que fija este decreto ley cuando recibiere malos tratos o injurias del empleador, sus familiares o convivientes, o en caso de incumplimiento del contrato por parte de éste.

Existen causas a modo de ejemplo no contempladas en el estatuto que implican también extinción de la relación, renuncia del empleado, muerte de alguna de las partes, jubilación del trabajador, desaparición del trabajador, mutuo consentimiento.

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288 comentarios en “Servicio domestico, Extincion de la relación laboral, embarazo”

  1. Tengo una chica trabando en casa hace casi un año, y de repente dejo de venir sin aviso (hacen dos meses). Mensualmente le pago los aportes (F102 DE Afip) en la categoría: más de 16 horas. yo nesecito alguin que trabaje, entonces ¿como procedo legalmente para desvincurla y poder asi tomar a otra persona? teniendo en cuenta que ella se fue.- Agradecere una pronta respuesta.-

  2. Felicitaciones Graciela por el Blog.

    Consulta: Tenemos una niñera que tambien comenzó haciendo tareas de limpieza. comenzó a trabajar en 01/02/2008, la pusimos en blanco en Mayo 2008, ya tomo sus 10 dias de vacaciones. Luego de un reclamo de aumento y un arreglo, sindicato de por medio, a partir de enero 2009 arreglemos un sueldo de $760, por tareas de niñera y sólo en las horas de sueño de la beba, que realice algunas tareas domésticas. Horario de 7:45 a 12:30 de lunes a viernes. Nunca le exigimos nada por lo que hacia o dejaba de hacer y por el cuidado de la beba estamos muy conformes.
    Ocurre que nos tenemos que mudar en un mes y le pedimos que nos confirme si podrá cumplir con su trabajo por la distancia ( 18 cuadras mas lejos). En respuesta nos dejó una carta sin avisar nada, donde reclama $300 de aumento por las tareas de limpieza que considera las debemos pagar aparte. No podemos aumentar y situación nos obliga a despedirla.
    Le estamos pagando poco?

    Está bien si liquidamos?:

    Indemnización $ 760
    Días trabajados mes Junio $ 177
    Pago 5 días por falta preaviso $126
    SAC Prop $332
    VAC y VAC Prop $210

    GRACIAS

  3. Hola Graciela.
    Con la señora que trabaja en casa hace 9 años, (todos los dias desde las 13.00,duerme en casa porque le venia bien a ella y a nosotros pero a la mañana se va iba temprano y trabajaba en otras casas. Mantenemos una excelente relacion. El tema es que hace un par de años tuvimos que empezar a acomodarnos a sus horarios cada vez mas acotados porque hacia cursos dentro del horario pactado, sin modificarle el sueldo pensando que era una excepcion. Desde fin del año pasado dice que tiene problemas en la cintura por hacer nuestra cama, y ahora no hace las camas, el tema es que veo que cada vez, hay menos cosas que puede hacer. Fue al traumatologo y le dijo que no tenia nada, la kinesiologa le dijo que tenia que hacer ejercicios cada dos horas y que no puede agacharse. El tema es que ahora viene todos los dias en el horario que les dejen sus cursos, y hace algunas cosas y ya me veo que termino haciendo yo lo mas pesado dentro de poco. Ya hablamos de que venga menos veces por semana menos horas. Que tengo que hacer con el tema de la cintura?
    Gracias por tu ayuda.

  4. hola soy Gabriela. tengo una empleada domestica que esta embarazada. por lo que he averiguado en internet no se encuentra tutelada la trabajadora domestica cuando se encuentra embarazada, es decir, no posee licencia por maternidad..entonces entiendo que debe ser de comun acuerdo el tiempo que ella no pueda venir a trabajar? no hay un minimo y un maximo? y si no vuelve?
    entiendo que ella no percibirá sueldo,no?
    pero sí debo hacer los aportes de afip,no?
    espero me respondan pronto y muchas gracias!!

    1. Gabriela

      Si no trabaja no hay que hacer los aportes, pero habla con ella haber si los quiere seguir pagando por la obra social entendes o que averigue en la obra social por tres meses sin pagar igual la tendrian que atender

  5. Hola Graciela.
    Con la señora que trabaja en casa hace 9 años, (todos los dias desde las 13.00,duerme en casa porque le venia bien a ella y a nosotros pero a la mañana se va iba temprano y trabajaba en otras casas. Mantenemos una excelente relacion. El tema es que hace un par de años tuvimos que empezar a acomodarnos a sus horarios cada vez mas acotados porque hacia cursos dentro del horario pactado, sin modificarle el sueldo pensando que era una excepcion. Desde fin del año pasado dice que tiene problemas en la cintura por hacer nuestra cama, y ahora no hace las camas, el tema es que veo que cada vez, hay menos cosas que puede hacer. Fue al traumatologo y le dijo que no tenia nada, la kinesiologa le dijo que tenia que hacer ejercicios cada dos horas y que no puede agacharse. El tema es que ahora viene todos los dias en el horario que les dejen sus cursos, y hace algunas cosas y ya me veo que termino haciendo yo lo mas pesado dentro de poco. Ya hablamos de que venga menos veces por semana menos horas. Que tengo que hacer con el tema de la cintura?
    Gracias por tu ayuda.

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