Ya sea que se trate de trabajadores en relación de dependencia, o quienes tengan cargos públicos, o sean jubilados o pensionados, se encuentran obligados a presentar frente a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) sus declaraciones juradas de Bienes Personales y/o Impuesto a las Ganancias, en algunos casos, los cuales pasamos a detallar en este artículo.
Las personas que deben presentar bienes personales son las siguientes:
- Declaración jurada informativa: cuando la remuneración bruta percibida durante el año sea superior a $200.000.
- Declaración jurada determinativa del impuesto, cuando sus bienes superen:
- Para el período 2016: 800.000 pesos.
- Para el período 2017: 950.000 pesos.
- Para el período 2018: 1.050.000 peoss.
En los casos que sea correspondiente determinar impuesto, se se debe tramitar el CUIT y solicitar el alta en el impuesto sobre los Bienes Personales.
Por otro lado, deben presentar declaración jurada del Impuesto a las Ganancias aquellas personas que cuenten con una remuneración bruta que supere los $300.000.-
En el caso de que se esté obligado únicamente a presentar la declaración jurada informativa del Impuesto a los Bienes Personales y/o Ganancias, no corresponderá la inscripción en estos impuestos.
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Como se si debo pagar bienes personales?
No hay algun lugar en la pagina de la afip que te diga usted debe pagar tanto y listo?
maxi NO hay, el contribuyente debe hacer una Declaración Jurada
Hola, buenas tardes
Yo nunca presente bienes personales y por lo que veo deberia haberlo hecho en 2014 y 2015 por lo menos, ( remuneracion bruta 2015 205.000 )
No supero los 305000 de bienes, por lo debe ser solo informativa
La pregunta, la puedo presentar ahora ? Septiembre ? Eso es tomado como blanqueo ???
Gracias
Hernán No es blanqueo pero si, podes presentarla