Manos con dólares

AFIP: Devolución de Retenciones de 2015 por compra de dólar ahorro y compras con tarjeta

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comenzó la semana pasada a efectuar la devolución de las retenciones de 2015 por compra de dólar ahorro/turista; compras con tarjeta de crédito y de débito en el exterior; y adquisición de pasajes y paquetes al extranjero. Según indicó La Nación, el organismo ha devuelto $365 millones y seguirá haciendo los depósitos la semana que viene. Debido a la implementación del Blanqueo de Capitales, AFIP se ha retraso con la devolución de las retenciones de 2015 que estaba programada para agosto de 2016. El reintegro de las percepciones comenzó a efectuarse la semana pasada y se extenderá hasta la próxima. Es por esta razón que aquellos contribuyentes que tengan su solicitud aprobada y […]

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comenzó la semana pasada a efectuar la devolución de las retenciones de 2015 por compra de dólar ahorro/turista; compras con tarjeta de crédito y de débito en el exterior; y adquisición de pasajes y paquetes al extranjero. Según indicó La Nación, el organismo ha devuelto $365 millones y seguirá haciendo los depósitos la semana que viene.

Debido a la implementación del Blanqueo de Capitales, AFIP se ha retraso con la devolución de las retenciones de 2015 que estaba programada para agosto de 2016. El reintegro de las percepciones comenzó a efectuarse la semana pasada y se extenderá hasta la próxima.

Es por esta razón que aquellos contribuyentes que tengan su solicitud aprobada y aún no hayan recibido el depósito deben ser pacientes.

El reintegro es efectuado a los contribuyentes que se les aplicó una percepción del 20% por comprar dólar ahorro; y del 35% por comprar pasajes aéreos, paquetes turísticos o dólar turista y efectuar compras con tarjetas de débito y de crédito en el exterior, ya sea personalmente o por Internet. Los sujetos que pueden solicitar esta devolución son aquellos jubilados, pensionados, trabajadores en relación de dependencia y monotributistas que no estén alcanzados por el Impuesto a las Ganancias ni sobre los Bienes Personales.

Para solicitar el reintegro de las retenciones es necesario presentar el Formulario 746/A (Devoluciones y Transferencias) siguiendo los pasos indicados AQUÍ. Una vez que AFIP cumpla con la verificación de la solicitud aprobará el pago, el cual será en cinco cuotas de hasta $6000 y la sexta por el saldo remanente.

Las personas interesadas en consultar el estado de su solicitud deben seguir estos pasos:

  • Acceder al portal de AFIP con su CUIT y Clave Fiscal.
  • Pulsar en «Mis Aplicaciones Web».
  • Completar el formulario indicando en el campo «Organismo» «AFIP» y en «Formulario» «F.746/A – Devoluciones y transferencias».
  • En la columna «Estado», hacer clic sobre «Presentado».

Por el momento, este mes sólo se han realizado depósitos de las percepciones de 2015, aún no se ha informado cuándo comenzarán a hacerse los correspondientes a retenciones de años anteriores que ya han sido aprobadas.

Es importante recalcar que aún no se sabe cuál será le fecha de pago de la segunda cuota. Para ello es necesario aguardar que el organismo dirigido por Alberto Abad efectúe la publicación del nuevo cronograma.

377 comentarios en “AFIP: Devolución de Retenciones de 2015 por compra de dólar ahorro y compras con tarjeta”

  1. Hola. Envie una consulta a AFIP por que soy uno de los tantos usuarios a los q ni si quiera le aparece el numero de SAP en Consulta de IVA y la respuesta fue la siguiente:

    SR. CIUDADANO:

    Atento a la presentación registrada bajo el número de evento 76064, realizada en el marco del Programa de Asistencia al Ciudadano, se informa que:

    Las solicitudes de devolución correspondientes al Período 2015 que no hayan registrado inconsistencias y que se encuentren en estado -Aprobado- o -Aprobado Devolución en cuotas- ingresaron al circuito de pagos «a partir» del mes de Agosto del 2016.

    No obstante, deberá tener en cuenta que por tratarse el 2015 de un nuevo «periodo» a liquidar, se pueden producir ajustes sistémicos que sumado a los plazos bancarios, pueden generar demoras en la acreditación de la respectiva cuota.

    Asimismo, se informa que el pago de la primer cuota correspondiente al Periodo 2015 comenzó a cancelarse durante la última semana del mes de Agosto y continuará en las primeras semanas del mes de Septiembre.

    Por último, se sugiere aguardar los plazos de transferencia y acreditación bancaria con el fin de visualizar en la cuenta de su C.B.U. declarada oportunamente, la devolución correspondiente.

    Atte.
    Programa de Asistencia al Ciudadano

    A seguir esperando y a no contar para nada con este dinero para alguna urgencia o algo por el estilo.(es un simple consejo)

    1. dcien hasta las primeras semanas de septiembre, hay que avisarles que el lunes arranca la ultima semana y no pasa nada con la plata

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