Jubilado en delegación en Anses

Moratoria para acceder a la jubilación

Para acceder al beneficio de la moratoria para poder jubilarse el trámite debe realizarse mediante el sistema informático denominado Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas, SICAM, que se ingresa por medio de la página de la AFIP, en la actualidad solamente se pueden incluir periodos desde enero de 1955 hasta septiembre del año 1993, considerando que la persona haya cumplidos los 18 años de edad al momento de realizar los correspondientes a portes jubilatorios, o sea que las personas que cumplen 60 años en el año 2008 pueden justificar aportes a partir de los 18 años, es decir a partir del año 1966 hasta septiembre de 1993. El interesado deberá concurrir a las oficinas de la AFIP correspondiente […]

Para acceder al beneficio de la moratoria para poder jubilarse el trámite debe realizarse mediante el sistema informático denominado Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas, SICAM, que se ingresa por medio de la página de la AFIP, en la actualidad solamente se pueden incluir periodos desde enero de 1955 hasta septiembre del año 1993, considerando que la persona haya cumplidos los 18 años de edad al momento de realizar los correspondientes a portes jubilatorios, o sea que las personas que cumplen 60 años en el año 2008 pueden justificar aportes a partir de los 18 años, es decir a partir del año 1966 hasta septiembre de 1993.

El interesado deberá concurrir a las oficinas de la AFIP correspondiente a su domicilio y obtener la clave fiscal y ingresar a www.afip.gov.ar SICAM y declarar su situación de revista calculando periodos prescriptos y deuda a ingresar y obtener el plan y comenzar a pagar.

Luego solicitar un turno telefónico en ANSeS al número 0800-222-6737 para iniciar el trámite de la jubilación, al concurrir al mismo deberá llevar junto con toda su documentación:

  • Acuse de recibo de la presentación realizada en el sistema SICAM a través de la página Web de AFIP.
  • Formulario de declaración jurada F. 159. y formulario N° 799/E acompañado del ticket correspondiente al pago de la cuota y todas las impresiones del sistema SICAM.

En la primera etapa, la moratoria debe abonarse regularmente y hay que continuar pagando en forma directa hasta el inicio del trámite de jubilación. Luego empezará a descontarse del haber mensual.

Se deberá tener en cuenta que se deberán pagar tanto la primera cuota, requisito indispensable para iniciar la prestación, como las sucesivas cuotas del plan por el que hubieran optado cuyos vencimientos se hubiesen operado con anterioridad al momento de solicitar el beneficio

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258 comentarios en “Moratoria para acceder a la jubilación”

  1. HOLA; MI MAMA ES EMPLEADA DOMESTICA Y EL EMPLEADOR COMENZO A REALIZARLE LOS APORTES A MEDIADOS DEL 2008. SON LOS UNICOS APORTES QUE TIENE,PERO VA A QUEDAR SIN TRABAJO POR MOTIVOS PERSONALES DEL EMPLEADOR A FINES DE ABRIL, ELLA VA A CUMPLIR 57 AÑOS, LA PREGUNTA ES, COMO TIENE QUE HACER PARA PODER JUBILARSE CUANDO CUMPLA LOS 60 AÑOS, SE VA A PODER JUBILAR CON POCOS MESES DE APORTE? COMO ES EL TEMA DE LA MORATORIA?

  2. Gracias por la respuesta,y cuanto es mas o menos?ya que tiene 76 anios deberia ser menos lo que tiene que desembolsar de golpe?

  3. Hola,queria consultar una cosa,mi madre tiene 76 anios ,es pensionada(por mi padre) y le dieron hace poco certificado de discapacidad,quisiera saber si se le podria iniciar el tramite para la jubilacion por ama de casa,si hay que pagar los aportes por adelantado o si se puede acceder a una moratoria y los aportes se lo descontarian de la jubilacion,gracias

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