Jubilado en delegación en Anses

Moratoria para acceder a la jubilación

Para acceder al beneficio de la moratoria para poder jubilarse el trámite debe realizarse mediante el sistema informático denominado Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas, SICAM, que se ingresa por medio de la página de la AFIP, en la actualidad solamente se pueden incluir periodos desde enero de 1955 hasta septiembre del año 1993, considerando que la persona haya cumplidos los 18 años de edad al momento de realizar los correspondientes a portes jubilatorios, o sea que las personas que cumplen 60 años en el año 2008 pueden justificar aportes a partir de los 18 años, es decir a partir del año 1966 hasta septiembre de 1993. El interesado deberá concurrir a las oficinas de la AFIP correspondiente […]

Para acceder al beneficio de la moratoria para poder jubilarse el trámite debe realizarse mediante el sistema informático denominado Sistema de Información para Contribuyentes Autónomos y Monotributistas, SICAM, que se ingresa por medio de la página de la AFIP, en la actualidad solamente se pueden incluir periodos desde enero de 1955 hasta septiembre del año 1993, considerando que la persona haya cumplidos los 18 años de edad al momento de realizar los correspondientes a portes jubilatorios, o sea que las personas que cumplen 60 años en el año 2008 pueden justificar aportes a partir de los 18 años, es decir a partir del año 1966 hasta septiembre de 1993.

El interesado deberá concurrir a las oficinas de la AFIP correspondiente a su domicilio y obtener la clave fiscal y ingresar a www.afip.gov.ar SICAM y declarar su situación de revista calculando periodos prescriptos y deuda a ingresar y obtener el plan y comenzar a pagar.

Luego solicitar un turno telefónico en ANSeS al número 0800-222-6737 para iniciar el trámite de la jubilación, al concurrir al mismo deberá llevar junto con toda su documentación:

  • Acuse de recibo de la presentación realizada en el sistema SICAM a través de la página Web de AFIP.
  • Formulario de declaración jurada F. 159. y formulario N° 799/E acompañado del ticket correspondiente al pago de la cuota y todas las impresiones del sistema SICAM.

En la primera etapa, la moratoria debe abonarse regularmente y hay que continuar pagando en forma directa hasta el inicio del trámite de jubilación. Luego empezará a descontarse del haber mensual.

Se deberá tener en cuenta que se deberán pagar tanto la primera cuota, requisito indispensable para iniciar la prestación, como las sucesivas cuotas del plan por el que hubieran optado cuyos vencimientos se hubiesen operado con anterioridad al momento de solicitar el beneficio

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258 comentarios en “Moratoria para acceder a la jubilación”

  1. hola mi mama cumple los 60 dentro de dos meses queria averiguar si se podia jubilar como ama de casa y que documentacion necesita ella no tiene ningun aporte desde ya muchas gracias

    1. norma

      Existe la moratoria pero podes incluir en ella hasta septiembre del 1993, desde que cumplio 18 años los años que le faltan los tenes que pagar al contado o incluirlo en la otra moratoria hasta 60 cuotas, pero hasta que no termines de pagar esta ultima no te sale la moratoria

  2. si me computan por mes entre 14 y 18 dias de trabajo en el recibo de sueldo, ese mes se cuenta como mes de servicio a la hora de jubilarme.

    1. WALTER

      Si te pagan por 14 o 18 dias se computan 14 o 18 dias no un mes, cuando haces los tramites para jubilarte te suman dia a dia para llegar a los 30 años de aportes

  3. Solicito saber si pagando de contado en el SICAM-AFIP los 30 años requeridos x la ANSES puedo Jubilarme, tengo 67 años de edad. Desde ya gracias. HORACIO

  4. Las mujeres se jubilan a los 62 años y pagan una cuota de moratoria y los hombres a los 65 años y tambien se aplica la ley 24476

  5. Mi tía, nunca aporto, nacio en el año 1948, pudiendo incluir actualmente hasta 09/1993 en el Sicam un total de aproximadamente 27 años (ley 24.476), pagando la 1ra cuota. Y pagando de contado en la moratoria de Afip 27.746 los 3 años faltantes, ¿no sería más conveniente tramitar la jubilación «automática» como autónomo, en el link de la página de la Anses, sin pedir turno, como se realizaba con moratoria de sicam 25994.?
    Otra pregunta ¿los periodos incluidos en la moratoria de AFIP aparecen automáticamente en el historial de aporte de la persona, cuanto tiempo tardan?

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